Este capítulo analiza la agenda de gobierno abierto en Honduras dentro del contexto más amplio de las reformas en proceso del sector público, haciendo especial hincapié en la ambición del gobierno de aumentar la transparencia del sector público. El capítulo concluye que Honduras ha realizado importantes avances en el establecimiento de normas, gobernanza y marcos de implementación. En particular, el país lleva muchos años implementando planes de acción de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) y su ambición de construir un Estado abierto se ha expresado mediante la adopción de una Declaración de Gobierno Abierto. Sin embargo, Honduras se enfrenta a varios retos en lo que respecta a que el gobierno abierto cumpla su promesa de un gobierno más transparente, responsable y participativo, en particular en relación con la falta de una implementación y evaluación adecuadas.
Estudios de la OCDE sobre gobernanza pública: Honduras
5. Gobierno Abierto en Honduras: Hacia una implementación eficaz
Abstract
Introducción
El gobierno abierto es una cultura de gobernanza que, si se implementa correctamente, tiene profundas implicaciones en la forma en que interactúan los ciudadanos y el Estado. El gobierno abierto afecta a todos y cada uno de los aspectos de la gobernanza pública y se basa en la idea de que los ciudadanos deben poder comprender, influir, monitorear y evaluar las decisiones y acciones públicas. La OCDE hace hincapié en que el gobierno abierto es fundamental para fomentar la confianza de los ciudadanos y es un factor clave para lograr resultados de las políticas públicas en diversos ámbitos, incluyendo la transparencia, la rendición de cuentas, la integridad y la modernización del sector público en general, así como todos los principales objetivos socioeconómicos en el marco de la Agenda Global 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (OECD, 2017[1]).
La región de América Latina y el Caribe (ALC) ha promovido numerosas iniciativas para hacer realidad la transición a un Estado abierto. En particular, la OCDE ha reunido evidencia que demuestra que el 70% de los países de ALC estaba implementando iniciativas para promover la apertura en la legislatura, y el 60% lo estaba haciendo en el nivel subnacional de gobierno (OECD, 2016[2]). Honduras forma parte de esta tendencia, con una clara ambición de ampliar la agenda de gobierno abierto al nivel subnacional, así como a otros poderes del Estado, como el legislativo y el judicial. Esta ambición se refleja en la adopción de una Declaración de Gobierno Abierto en 2018 y con un Plan de Acción de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) que integra a otros actores más allá del Ejecutivo, como el Congreso Nacional e instituciones independientes.
El propósito de este capítulo es analizar la agenda del gobierno abierto en Honduras dentro del contexto más amplio de las reformas en proceso del sector público. Reconoce que el país ha realizado importantes avances en el establecimiento de marcos de gobernanza e implementación para el gobierno abierto. En particular, Honduras lleva muchos años implementando los planes de acción de la OGP1 y ha desarrollado medidas concretas para construir un Estado abierto. Para avanzar hacia una cultura de gobierno abierto es necesario redoblar los esfuerzos para fomentar la implementación efectiva de políticas y prácticas de gobierno abierto en todos los niveles del gobierno. Reconociendo los recientes cambios de gobierno tras las elecciones de noviembre de 2021, este capítulo pretende proporcionar a Honduras orientaciones y acciones sobre políticas públicas a corto, medio y largo plazo para reforzar la agenda de gobierno abierto del país.
Este capítulo evalúa a Honduras con respecto a las disposiciones clave de la Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Gobierno Abierto (OECD, 2017[1]). Compara los esfuerzos del país en este campo con los de los miembros y socios de la OCDE, con base en los datos recopilados a través de la Encuesta de la OCDE 2020 sobre Gobierno Abierto, a la que Honduras contribuyó.
Desarrollar una comprensión coherente y ambiciosa del gobierno abierto en Honduras
Establecer una definición -es decir, un entendimiento oficial o común de lo que implica el gobierno abierto- es un primer paso fundamental para construir una agenda de gobierno abierto coherente, ya que puede ayudar a crear conciencia dentro y fuera del gobierno sobre el concepto, sus beneficios y los resultados esperados.
Según los resultados preliminares de la Encuesta de la OCDE de 2020 sobre Gobierno Abierto, 21 de los 27 países miembros de la OCDE que proporcionaron respuestas y Honduras han adoptado una definición oficial o temporal/informal de gobierno abierto (Figura 5.1). La mayoría de estas definiciones se inspiran en la de la OCDE (13) o en la de la OGP (13) y suelen vincular el gobierno abierto con los conceptos de transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y colaboración (OCDE, de próxima publicación).
Honduras podría beneficiarse de una comprensión coherente y optimizada del gobierno abierto y sus principios
Honduras ha establecido dos definiciones de gobierno abierto (véase el Recuadro 5.1.). La definición más reciente acuñada por la antigua Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (en adelante SDT)2 se ajusta a la Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto. Incluye referencias a los principios de transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana, con el objetivo de hacer del gobierno abierto una cultura de gobernanza. De acuerdo con la definición, los ciudadanos deben estar en el centro de la toma de decisiones públicas con el objetivo último de mejorar la democracia y el bienestar colectivo.
Sin embargo, esta definición aún no se ha generalizado entre todas las partes interesadas pertinentes involucradas en la agenda del gobierno abierto. La mayoría de las partes interesadas entrevistadas asociaron el gobierno abierto principalmente con la lucha contra la corrupción, la publicación de datos gubernamentales abiertos y/o con el concepto de transparencia, que se entiende, al mismo tiempo, como sinónimo de lucha contra la corrupción. Las políticas y prácticas relativas a la participación y la rendición de cuentas de los ciudadanos y las partes interesadas se consideraron con menos frecuencia parte integrante de la agenda del gobierno abierto.
Recuadro 5.1. Definiciones de gobierno abierto en Honduras
Los principales documentos que describen la agenda de gobierno abierto en Honduras, como los Planes de Acción de OGP, la Declaración de Gobierno Abierto y la Visión de País, entre otros, se refieren al gobierno abierto como un medio para combatir la corrupción, mejorar la probidad y la integridad, y apoyar la agenda de desarrollo del país.
Declaración de Gobierno Abierto (2018)
La Declaración para un Gobierno Abierto en Honduras describe el gobierno abierto como "los esfuerzos basados en los pilares de la transparencia, la participación y la rendición de cuentas, con el objetivo de combatir la corrupción, generar confianza en las instituciones públicas y promover el uso eficiente de los recursos públicos".
Secretaría de Transparencia (2020)
La SDT, entidad coordinadora de la agenda de gobierno abierto en Honduras, define gobierno abierto como: "el conjunto de mecanismos y estrategias que contribuyen a la gobernanza pública y al buen gobierno, con base en los pilares de la transparencia, la participación ciudadana, la rendición de cuentas, la colaboración y la innovación, enfocando e incluyendo a los ciudadanos en el proceso de toma de decisiones, así como en la formulación e implementación de las políticas públicas, para fortalecer la democracia, la legitimidad de la acción pública y el bienestar colectivo."
Fuente: Elaboración del autor.
Además, parece haber una falta de comprensión armonizada de los principios del gobierno abierto y un solapamiento entre los conceptos de transparencia y gobierno abierto. Honduras tiene varias definiciones de transparencia, que van desde el acceso a la información hasta la participación ciudadana y el buen gobierno (véase el Cuadro 5.1). La existencia de diferentes definiciones o interpretaciones puede constituir un obstáculo para la implementación armoniosa de las reformas del gobierno abierto (OECD, 2016[2]). Los principales documentos políticos relacionados con el gobierno abierto (como la Política Pública de Transparencia y Acceso a la Información Pública) utilizan la transparencia como concepto global que incluye la participación, la rendición de cuentas y la lucha contra la corrupción (IAIP, 2015[4]). Sin embargo, el marco para este conjunto de prácticas sería idealmente un "gobierno abierto" (o un Estado abierto) y no un "gobierno transparente", ya que la transparencia en sí misma no cubre el lado interactivo y responsivo del gobierno abierto (es decir, la participación y la rendición social de cuentas).
Cuadro 5.1. Definiciones del concepto de Transparencia en Honduras
Institución pública |
Definición / descripción de transparencia |
Fuente |
---|---|---|
Estado de Honduras |
El conjunto de disposiciones y medidas que garantizan la publicidad de la información sobre los actos de las Instituciones competentes y el acceso del público a esta información. |
Artículo 3(1) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública |
Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) |
La transparencia en sí misma es una política pública. La transparencia pública es y debe ser una política pública en cualquier Estado, ya que está asociada a la profundización de la democracia, el buen gobierno y la prevención y lucha contra la corrupción. (No es una definición propiamente dicha, sino una descripción de la interpretación del IAIP). |
Política Pública de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |
Tribunal Superior de Cuentas (TSC) |
Gestión pública clara, veraz y objetiva a través de la implementación y desarrollo de sistemas de control, supervisión, probidad, ética y promoción de la participación ciudadana. |
Artículo 2 de la Ley sobre el Tribunal Superior de Cuentas |
Fuente: Elaboración del autor.
Honduras podría considerar co-crear (es decir, diseñar una nueva definición) o adoptar (es decir, seleccionar una de las definiciones existentes) una única definición de gobierno abierto que sea aceptada por todo el sector público y por las partes interesadas externas. Esta definición debería tener como objetivo diferenciar los conceptos de gobierno abierto y transparencia, estableciendo el gobierno abierto como el marco de los diferentes principios de transparencia, rendición de cuentas, integridad y participación. También podría vincular la agenda del gobierno abierto a objetivos de políticas públicas más amplios, como la lucha contra la corrupción y la modernización del sector público. Para apoyar el cumplimiento y la adopción de la nueva definición, Honduras podría considerar el lanzamiento de un proceso participativo para desarrollar la definición oficial de gobierno abierto con todas las partes interesadas pertinentes del gobierno, el mundo académico y la sociedad civil.
La nueva definición de gobierno abierto podría comunicarse ampliamente para garantizar que todos los funcionarios públicos y las partes interesadas no públicas la conozcan. La institución que lidera la agenda de gobierno abierto en Honduras podría considerar organizar una campaña de comunicación dedicada a promover una definición revisada. Por ejemplo, en Colombia, la definición de gobierno abierto está anclada en políticas públicas de alto nivel como el Plan Nacional de Desarrollo, y se incluye regularmente en discursos de autoridades de alto nivel como el vicepresidente.
Recuadro 5.2. Hitos de la agenda de gobierno abierto en Honduras (2011-21)
El inicio de la agenda de gobierno abierto en Honduras se remonta a su adhesión a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) en 2011, aunque ya existían algunas prácticas vinculadas a un gobierno abierto. La siguiente lista resume algunos de los hitos principales de la agenda:
2006: Ley de Acceso a la Información Pública (como parte de la participación del país en el Pacto de Estocolmo en 1998)
2006: Ley de Participación Ciudadana
2011: Honduras se une a la Alianza para el Gobierno Abierto
2012: Primer Plan de Acción de la OGP
2013: Portal Único de Transparencia (en el marco de la implementación de la Ley de Acceso a la Información Pública)
2014: Segundo Plan de Acción de la OGP
2016: Tercer Plan de Acción de la OGP
2018: Declaración de Gobierno Abierto
2018: Cuarto Plan de Acción de la OGP
2018: Adopción de la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción
Fuente: Elaboración del autor con base en la información facilitada por la Secretaría de Transparencia.
Honduras podría integrar la protección del espacio cívico como parte de su comprensión del gobierno abierto
La OCDE entiende un espacio cívico saludable como condición previa esencial y facilitadora de las iniciativas de gobierno abierto. La OCDE define el espacio cívico como "el conjunto de condiciones jurídicas, políticas, institucionales y prácticas necesarias para que los actores no gubernamentales puedan acceder a la información, expresarse, asociarse, organizarse y participar en la vida pública" (OECD, 2021[5]). El enfoque para evaluar el espacio cívico se basa en un marco que examina cuatro áreas temáticas clave (OECD, 2021[5]):
derechos y libertades cívicas (es decir, libertad de expresión, libertad de reunión y libertad de asociación, acceso a la información y protección de activistas y defensores de los derechos humanos)
derechos y libertades digitales y de los medios de comunicación (por ejemplo, el derecho a una prensa libre, a un internet abierto, a la privacidad y a la protección de datos, y cuestiones relacionadas con las tecnologías emergentes)
el entorno operativo propicio creado por el gobierno para que las organizaciones de la sociedad civil (OSC) operen y prosperen
participación cívica y de las OSC en la elaboración de políticas y la toma de decisiones.
Este capítulo no pretende ofrecer un análisis exhaustivo del espacio cívico hondureño. Más bien, pretende señalar ciertos retos que pueden obstaculizar la implementación general de la agenda de gobierno abierto y que el gobierno de Honduras podría tener en cuenta.
La información recopilada por organizaciones no gubernamentales y de derechos humanos, y por la Secretaría de la OCDE durante la misión de investigación, apunta a un entorno restringido para el funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil. CIVICUS (2021[6]), Amnistía Internacional (2020[7]) y las partes interesadas entrevistadas destacan que las organizaciones de la sociedad civil, los activistas de derechos humanos y los defensores del medio ambiente se enfrentan a retos financieros, jurídicos y políticos para operar en Honduras, con efectos sobre su seguridad personal. Los entrevistados también destacaron como principales obstáculos la falta de recursos de las OSC, la dependencia de las agencias de desarrollo y los fondos internacionales, y una relación compleja con ciertas autoridades públicas. Por ejemplo, los cambios en la Ley Especial contra el Lavado de Activos adoptada en 2021 incluyen a las organizaciones de la sociedad civil y a sus miembros como "Personas Expuestas Políticamente" (PEP3). Este cambio jurídico sitúa a las OSC y a sus miembros al mismo nivel que los individuos políticamente responsables, lo que a su vez permite el escrutinio y ciertas obligaciones legales que pueden utilizarse para presionar a los activistas y obstaculizar el trabajo de las OSC (Swissinfo, 2021[8]). Esto va en contra de las recomendaciones internacionales, como las de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y hace que las OSC y las personas que trabajan en ellas sean vulnerables al acoso, la opresión y las acciones legales y judiciales injustificadas.
Además de un entorno operativo difícil para las OSC, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2019[9]) destacó los alarmantes niveles de violencia como uno de los principales retos para el espacio cívico en Honduras. A pesar de una reciente tendencia decreciente, Human Rights Watch (2020[10]) observó que la tasa de homicidios en Honduras sigue siendo una de las más altas del mundo y denunció "el uso injustificado de la fuerza letal y otro uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad durante una represión policial y militar de protestas públicas entre marzo y julio de 2019". Además, varias organizaciones internacionales y de derechos humanos (entre ellas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2019[9]), el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos y CIVICUS4) señalaron que determinados grupos y minorías están amenazados en Honduras. Entre los grupos especialmente afectados se encuentran las mujeres, las minorías sexuales, los niños, los defensores de los derechos humanos, las comunidades indígenas y las personas migrantes. Así lo ilustran los niveles de violencia basados en la identidad de género o la orientación sexual, con 299 mujeres asesinadas en 2019 y al menos 26 personas LGBTI asesinadas entre enero y agosto del mismo año (CEPAL, 2020[11]). Honduras tiene la tasa de feminicidios más alta de Latinoamérica, con 6.2 mujeres asesinadas por cada 100 000 habitantes. Las Naciones Unidas, a través de su Relator Especial sobre Derechos Humanos (2019[12]) y el Examen Periódico Universal (2020[13]) adoptado por el Consejo de Derechos Humanos, han destacado que la corrupción, la falta de acceso a la justicia y los altos niveles de impunidad en Honduras son factores que contribuyen a los graves abusos contra los derechos humanos en el país. El gobierno recién elegido ya ha dado pasos en la dirección correcta al colaborar con grupos de defensa de los derechos de la mujer en la redacción de una ley para abordar la impunidad en casos de violencia contra las mujeres (The Guardian, 2022[14]).
Recuadro 5.3. Prácticas participativas para fomentar la inclusión de las minorías
Canadá - Consultas a pueblos aborígenes
El gobierno de Canadá consulta a los canadienses aborígenes sobre asuntos que les interesan y preocupan como parte importante del buen gobierno, el desarrollo de políticas sólidas y la toma de decisiones. El gobierno pretende reforzar las relaciones y asociaciones con los pueblos aborígenes y alcanzar así los objetivos de reconciliación. Una orientación específica apoya a los departamentos y organismos en el cumplimiento de las obligaciones de consulta y adaptación con los pueblos aborígenes para apoyar los objetivos de las políticas departamentales y generales del gobierno. Los Coordinadores Regionales de Consulta actúan como enlace entre los departamentos federales, los gobiernos provinciales y territoriales y las organizaciones y comunidades aborígenes, para facilitar las relaciones en expedientes de consulta clave y garantizar que se atienden los intereses de Canadá. También se han emprendido iniciativas para integrar mejor la consulta a los pueblos aborígenes en las evaluaciones ambientales y los procesos regulatorios, sobre todo en relación con los grandes proyectos de recursos naturales e infraestructuras.
Brasil - Consejos y conferencias de la juventud
En Brasil, los jóvenes y las organizaciones y asociaciones juveniles pueden participar en el Consejo Nacional de la Juventud (CONJUVE) y en la Conferencia Nacional de la Juventud (CNJ). El CONJUVE es un consejo consultivo de la juventud establecido por la Ley 11.129 de 2005 y el Decreto 10.069 de 2019, y está compuesto por un tercio de representantes del Gobierno y dos tercios de representantes de la sociedad civil. El mandato del Consejo es formular y proponer directrices para la acción gubernamental y las políticas dirigidas a los jóvenes, así como articular y promover el intercambio entre las partes interesadas gubernamentales y no públicas que trabajan con y para los jóvenes. Las Conferencias de la Juventud pretenden reunir a las partes interesadas gubernamentales y no públicas para deliberar y coproducir directrices para las políticas públicas dirigidas a los jóvenes en Brasil. La primera Conferencia Nacional de la Juventud se organizó en 2008 y reunió a más de 400 000 personas, cifra que alcanzó casi los 550 000 participantes en la segunda Conferencia de 2011.
Fuente: OCDE (2022[15]), Revisión de Gobierno Abierto de Brasil; OCDE (2021[16]), Guía sobre Gobierno Abierto para Funcionarios Públicos Peruanos, https://www.oecd.org/gov/open-government/guia-de-la-ocde-sobre-gobierno-abierto-para-funcionarios-publicos-peruanos.htm (consultado el 31 de octubre de 2022).
Los retos mencionados podrían socavar los resultados de las reformas de gobierno abierto en Honduras. Este es el caso, en particular, de la violencia que sufren ciertos grupos de la sociedad, especialmente los grupos subrepresentados, ya que impide una participación inclusiva, segura y representativa en la vida pública. Además, es necesario proteger el entorno en el que operan las OSC para garantizar una relación constructiva con el gobierno y crear espacios de participación y rendición de cuentas. La sociedad civil puede ser un aliado para aumentar el impacto de las iniciativas de gobierno abierto y la lucha contra la corrupción, haciendo uso de la información pública publicada por el gobierno o garantizando que las autoridades públicas rindan cuentas y sean abiertas (véase Recuadro 5.4.). Por último, la impunidad y la falta de acceso a la justicia pueden disminuir la confianza general en las instituciones públicas y la democracia.
Honduras podría considerar priorizar la protección y promoción del espacio cívico como objetivo central del gobierno abierto y como condición previa para un Estado abierto. Por ejemplo, al desarrollar una nueva definición de gobierno abierto, Honduras podría incluir un espacio cívico saludable como prerrequisito; la Declaración de Gobierno Abierto podría actualizarse para incluir compromisos de espacio cívico; y los futuros planes de acción de la OGP podrían incluir compromisos para apoyar el trabajo de las OSC, y mejorar la salud general del espacio cívico. Además, Honduras podría aumentar la representación de las minorías y garantizar la igualdad y la inclusión en la elaboración de políticas, en particular en el diseño y la implementación de su agenda de gobierno abierto, poniendo en marcha mecanismos específicos para las comunidades subrepresentadas, como los jóvenes, las comunidades indígenas y LGBTI. En este sentido, Honduras podría seguir el ejemplo de Costa Rica y Canadá e implementar instancias dedicadas para que las comunidades indígenas participen en la elaboración de políticas o inspirarse en las iniciativas de Brasil que buscan dar voz a comunidades como la Juvenil y LGBTI en el proceso de toma de decisiones.
Recuadro 5.4. Buenas prácticas de iniciativas de gobierno abierto lideradas por la sociedad civil en Honduras
Laboratorio de Innovación Ciudadana
NuupLab es un laboratorio de innovación ciudadana creado en 2018 por ciudadanos y partes interesadas no gubernamentales. Su objetivo es proporcionar un espacio abierto, inclusivo, colaborativo y experimental para que la sociedad civil influya en las políticas públicas de Honduras. Entre sus proyectos, NuupLab ha desarrollado un mapa colaborativo para apoyar la respuesta gubernamental a COVID 19, innovaciones sociales para promover los Objetivos de Desarrollo Sostenible y capacitación para organizaciones juveniles sobre metodologías colaborativas.
Construyendo transparencia durante COVID-19
La Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) (capítulo hondureño de Transparencia Internacional) promueve la lucha contra la corrupción mediante la evaluación de los recursos humanos, las adquisiciones y el desempeño de instituciones gubernamentales clave, y es un actor central en el movimiento de gobierno abierto. En 2021, la ASJ implementó el proyecto Construyendo transparencia durante COVID-19, destinado a luchar contra la corrupción en las adquisiciones de emergencia durante la pandemia, utilizando una metodología innovadora para auditar adquisiciones estatales de emergencia por USD 80 millones en pruebas COVID-19, ventiladores, equipos de bioseguridad y hospitales móviles. Este proyecto recibió el premio World Justice Project 2021.
Transparencia legislativa
Observatorio del Poder es una iniciativa de transparencia basada en una plataforma web y móvil que apoya el seguimiento del Congreso Nacional con información, datos, visualizaciones y análisis de los representantes electos y su actividad legislativa. Además, proporciona un canal de interacción para dar a los ciudadanos la oportunidad de comunicarse, preguntar y hacer aportaciones a los diputados. Esta iniciativa liderada por la sociedad civil tiene como objetivo apoyar un Parlamento Abierto en Honduras.
Fuente: NuupLab, https://www.nuuplab.org/;Asociación para una Sociedad más Justa, https://asjhonduras.com/webhn/asj-gana-world-justice-challenge-2021-en-categoria-anticorrupcion-y-gobierno-abierto/;Observatorio del Poder, http://elobservatoriodelpoder.com/ (enlaces consultados el 31 de octubre de 2022).
Honduras podría considerar la posibilidad de promulgar un decreto de Estado abierto que proporcione una base jurídica a sus agendas de Estado abierto y Gobierno abierto
El marco jurídico hondureño ya incluye varios elementos relacionados con la implementación de políticas y prácticas de gobierno abierto, incluyendo en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley de Participación Ciudadana. Sin embargo, el marco legal que establece la gobernanza de la agenda de gobierno abierto podría ser más detallado.
Siguiendo el ejemplo de miembros y no miembros de la OCDE como Canadá y Brasil, Honduras podría adoptar un decreto sobre Estado abierto, como base jurídica integrada para su agenda de gobierno abierto. Este Decreto también podría ser una herramienta para implementar las recomendaciones sugeridas en este capítulo y apoyar el avance del país hacia una agenda integrada de gobierno abierto y Estado abierto. El decreto sugerido se detalla en la sección de recomendaciones de este capítulo.
Reforzar los marcos de transparencia y participación para aumentar el impacto del gobierno abierto
En la mayoría de los países, el entorno propicio para el gobierno abierto es el resultado de una combinación de diferentes estratos de leyes, políticas e instituciones. El marco legal y reglamentario establece las condiciones previas para que los gobiernos pongan en práctica los principios del gobierno abierto (OECD, de próxima publicación). Define las normas y determina los derechos y obligaciones de los ciudadanos, las partes interesadas y el gobierno. Tradicionalmente, el marco jurídico del gobierno abierto se compone de leyes que contienen disposiciones sobre diferentes políticas de gobierno abierto (por ejemplo, participación ciudadana, datos abiertos, rendición de cuentas, etc.), así como referencias a los derechos democráticos fundamentales (por ejemplo, libertad de expresión, asociación y reunión) (OECD, 2020[17]).
Honduras no tiene una ley de gobierno abierto y podría consagrar el derecho a la información en la Constitución
Como la mayoría de los países de la OCDE, Honduras no cuenta con una legislación específica sobre gobierno abierto. En cambio, su marco legal para el gobierno abierto se compone de diversas leyes y normas regulatorias, cada uno de los cuales aborda elementos de transparencia, participación, rendición de cuentas y protección del espacio cívico. Cuando el marco jurídico es coherente y se aplica de manera consistente e integrada, este mosaico de legislaciones no constituye per se un problema.
La Constitución Política de la República de Honduras se adoptó en enero de 1982. Al igual que las constituciones de la mayoría de los países miembros de la OCDE, la Constitución de Honduras no incluye ninguna referencia específica al concepto de gobierno abierto. Sin embargo, contiene una serie de disposiciones relativas a los principios de participación, integridad y rendición de cuentas, así como numerosas disposiciones relativas a la protección y promoción del espacio cívico (véase la Cuadro 5.2 para una descripción detallada).
A diferencia de muchos miembros de la OCDE, como Grecia y Portugal (Recuadro 5.5.), Honduras no tiene el derecho de acceso a la información consagrado en la Constitución. Aunque la Constitución reconoce el habeas data (derecho de acceso a los datos personales) en el Artículo 182, el acceso a la información no se menciona explícitamente (Government of Honduras, 1982[18]). No obstante, Honduras ha adherido a tratados internacionales y convenciones regionales relevantes que reconocen el derecho a la información, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana de Derechos Humanos. A largo plazo, Honduras podría considerar la posibilidad de consagrar el derecho a la información en la Constitución para proporcionar el necesario reconocimiento de alto nivel del acceso a la información como un derecho humano fundamental y para preservarlo y protegerlo a lo largo de los cambiantes ciclos políticos. El nuevo Gobierno ha dado pasos en la dirección correcta al presentar un anteproyecto de ley en este sentido.
Recuadro 5.5. Constituciones que reconocen el derecho de acceso a la información
Constitución griega
Artículo 5(A): "1. Todas las personas tienen derecho a la información, tal y como especifica la ley. La ley sólo podrá imponer restricciones a este derecho en la medida en que sean absolutamente necesarias y estén justificadas por razones de seguridad nacional, de lucha contra la delincuencia o de protección de los derechos e intereses de terceros. 2. Todas las personas tienen derecho a participar en la Sociedad de la Información. Facilitar el acceso a la información transmitida electrónicamente, así como su producción, intercambio y difusión, constituye una obligación del Estado, siempre en observancia de las garantías de los artículos 9, 9A y 19."
Constitución portuguesa
Artículo 268: "1. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados por la Administración, siempre que lo soliciten, del estado de tramitación de los procedimientos y expedientes en los que tengan un interés directo, así como a conocer las decisiones definitivas que se adopten en relación con los mismos. 2. Sin perjuicio de la legislación que regula las cuestiones relativas a la seguridad interior y exterior, la investigación de carácter penal y la privacidad personal, los ciudadanos también tienen derecho a acceder a los archivos y registros administrativos."
Fuente: Constitución de Grecia, https://www.hellenicparliament.gr/UserFiles/f3c70a23-7696-49db-9148-f24dce6a27c8/001-156 aggliko.pdf; Constitución de Portugal, https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/en/pt/pt045en.pdf.
Cuadro 5.2. Leyes y normas regulatorias relativas a los principios de gobierno abierto en Honduras
Año |
Nombre |
Descripción |
Principio(s) de OG pertinente(s) |
---|---|---|---|
1982 |
Constitución Política de la República de Honduras |
La Constitución crea un marco de derechos, obligaciones y principios que hacen posible un gobierno abierto. El artículo 5 detalla los mecanismos de participación ciudadana y de las partes interesadas, como el referéndum, el plebiscito, las consultas ciudadanas y la iniciativa legislativa ciudadana. El artículo 45 garantiza que la participación de los ciudadanos en la vida pública está protegida por la Constitución. El artículo 80 establece el derecho de cualquier persona a enviar peticiones a cualquier autoridad pública y recibir una respuesta en un plazo límite especificado por la ley. Este derecho garantiza un gobierno responsivo y promueve la participación ciudadana en la vida pública. Varios artículos hacen referencia a la protección de los derechos individuales y colectivos, esenciales para un espacio cívico sano (Artículo 72 sobre libertad de expresión, Artículo 75 sobre libertad de prensa, Artículos 78 y 79 sobre libertad de reunión y asociación) El artículo 222 establece el Tribunal Superior de Cuentas como la principal entidad encargada de la rendición de cuentas del Estado, especialmente en materia de auditoría fiscal y supervisión de la ejecución presupuestaria. |
Participación Rendición de cuentas Espacio cívico |
1990 |
Ley de Municipalidades |
La ley obliga a las autoridades municipales a organizar procesos participativos como cabildos abiertos y plebiscitos, y crea las Comisiones Ciudadanas de Transparencia como órganos participativos que actúan como mecanismos de rendición social de cuentas para supervisar y monitorear el uso de los recursos públicos. |
Participación |
2003 |
Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas Cuentas) |
Esta ley crea el Tribunal Superior de Cuentas como institución independiente encargada de la rendición de cuentas del Estado y de los funcionarios públicos. Encarga a esta institución que supervise y monitoree el uso de los recursos públicos, garantice la integridad en el sector público y promueva el seguimiento basado en resultados. |
Responsabilidad Integridad |
2006 |
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública |
La ley reconoce el derecho de acceso a la información y establece disposiciones para la divulgación proactiva y reactiva, las exenciones y denegaciones para conceder información al público, la posibilidad de presentar apelaciones y las responsabilidades institucionales de supervisión e implementación. |
Transparencia Integridad Participación |
2006 |
Ley de Participación Ciudadana |
La ley define la participación ciudadana en Honduras y establece una lista de mecanismos para su aplicación práctica, incluyendo plebiscito; referéndum; cabildos abiertos; iniciativa ciudadana (que en este contexto se entiende como consultas públicas y la inclusión de ciudadanos y/o partes interesadas en la implementación y gestión de servicios públicos o infraestructuras). |
Participación |
2016 |
Ley de Descentralización del Estado |
La ley pretende "hacer más democrática, eficiente, transparente y participativa la gestión pública" y hace especial hincapié en la importancia de la participación ciudadana en todo el proceso de toma de decisiones a nivel local, incluyendo la planificación, el seguimiento y la evaluación. En particular, esta ley encarga a la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización que supervise la participación a nivel local. |
Participación |
Fuente: Elaboración del autor.
La ley de acceso a la información se ajusta a las normas de la OCDE, pero se necesitan esfuerzos adicionales para mejorar su implementación
El derecho de acceso a la información pública es el núcleo de un gobierno abierto. Se entiende como la capacidad de un individuo para buscar, recibir, impartir y utilizar información (UNESCO, n.d.[19]). A nivel nacional, la ejecución del derecho de acceso a la información se lleva a cabo principalmente mediante leyes de acceso a la información, presentes en 134 países, 37 de ellos miembros de la OCDE (RTI Rating, n.d.[20]). Honduras aprobó en 2006 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante, Ley ATI). La ley define el derecho de acceso a la información como "el derecho que tiene todo ciudadano a acceder a la información generada, gestionada o en poder de las instituciones obligadas previstas en esta ley" (Government of Honduras, 2006[21]). De acuerdo con la Calificación Global del Derecho a la Información (Global Right to Information Rating, RTI), que mide la calidad de las disposiciones legales de las leyes de acceso a la información, en febrero de 2022, la puntuación de la ley ATI hondureña (84) se sitúa ligeramente por encima de la media de la OCDE (81), pero por debajo de la región de América Latina y el Caribe (93) (RTI Rating, n.d.[22]).
La ley ATI hondureña tiene un amplio ámbito de aplicación, que abarca todos los poderes y niveles de gobierno, así como cualquier persona física o jurídica que reciba o gestione fondos públicos, incluidas las organizaciones no gubernamentales (ONG) y los partidos políticos (artículo 3 de la ley ATI hondureña). Esto supone 428 instituciones públicas en Honduras (IAIP, 2021[23]). Además, el artículo 13 define la información que debe publicarse de forma proactiva,5 incluyendo: el organigrama, las funciones y los servicios de los organismos públicos; los informes de auditoría de las instituciones; los informes anuales de actividad; los salarios de los funcionarios públicos; la legislación (por ejemplo, la Constitución, las leyes orgánicas, los decretos, las normas regulatorias); los documentos presupuestarios (por ejemplo, el presupuesto aprobado); las licitaciones (adquisiciones públicas); los mecanismos que permiten la participación de las partes interesadas; así como el nombre y la información de los funcionarios públicos encargados de las solicitudes de acceso a la información. La mayor parte de esta información se publica en el Portal Único de Transparencia.6 Además del Portal de Transparencia, también se ha desarrollado un Portal de Datos Abiertos, que centraliza conjuntos de datos abiertos relativos a las adquisiciones y contratación públicas7 (IAIP, n.d.[24]). Esta divulgación voluntaria de información favorece la transparencia y reduce los costos y las cargas administrativas asociadas a la respuesta a las solicitudes de información.
De acuerdo con el informe de 2021 del Instituto de Acceso a la Información Pública (en adelante IAIP) que evalúa el cumplimiento de las obligaciones proactivas, el 63% de las instituciones públicas publicaron toda la información requerida para el 1er semestre de 2021. Según el mismo informe, el 37% que no cumplió plenamente las disposiciones en materia de divulgación no reveló públicamente la información relativa al presupuesto, la planificación y la auditoría (IAIP, 2021[23]). A pesar de los avances en la cantidad de información y datos publicados, los resultados de la misión de investigación mostraron que la calidad de la información no siempre estaba a la altura de las normas de la OCDE. Esto se debe en parte a la falta de capacidades y recursos de los funcionarios públicos y al escaso conocimiento sobre los beneficios de una cultura de transparencia (véase la sección a continuación). Como resultado, la divulgación proactiva a menudo acaba siendo un ejercicio simbólico. La misión de investigación reveló que otro factor que obstaculiza la calidad de la información está relacionado con la inadecuación de la tecnología y los sistemas de gestión del sector público.
A nivel subnacional, el IAIP también ha desarrollado, en colaboración con socios internacionales y la Asociación Municipal de Honduras, un Índice de Transparencia Municipal y un Modelo de Gestión de la Transparencia Municipal (EUROsociAL+, 2020[25]). De acuerdo con las partes interesadas entrevistadas durante la misión de investigación, ambas iniciativas han facilitado el acceso y el seguimiento de las obligaciones de divulgación proactiva en los municipios. Sin embargo, se necesitan esfuerzos adicionales para aumentar la facilidad de uso y la interoperabilidad de estos mecanismos. Para ello, el gobierno podría considerar la posibilidad de realizar consultas con las partes interesadas para priorizar la información más útil, y dónde y cómo podría divulgarse de forma proactiva. Esto puede ayudar a garantizar la pertinencia y facilidad de uso de la información publicada de forma proactiva, así como la accesibilidad de los mecanismos para proporcionarla.
Una solicitud de información en Honduras puede presentarse por escrito o por medios electrónicos, indicando claramente la información solicitada, sin necesidad de explicar la motivación o cualquier otra razón que justifique la solicitud (artículo 34 de los estatutos de la ley ATI en relación con el artículo 20). Sin embargo, no se garantiza el anonimato: al presentar una solicitud, los nacionales, los residentes legales en el país, los residentes sin estatus legal, las OSC y las empresas nacionales y extranjeras deben presentar un documento que acredite su identidad (artículo 36 de los estatutos de la ley ATI). La posibilidad de ser identificados puede disuadir a las partes interesadas de solicitar información, ya que pueden temer represalias. Por este motivo, la OCDE y los países socios permiten cada vez más las solicitudes anónimas, ya sea de jure, con una legislación que protege explícitamente la integridad y la privacidad de las personas y las partes que presentan una solicitud de información, como México, Estonia y Noruega; o de facto, donde los países no exigen pruebas de identidad y sólo piden un correo electrónico o una dirección de contacto para enviar la información solicitada, como en Chile y Brasil (a nivel federal).
Para facilitar el proceso de solicitud de información, Honduras implementó el Sistema de Información Electrónico de Honduras (SIELHO).8 El SIELHO es una plataforma en línea en la que las partes interesadas pueden presentar solicitudes de información y apelaciones. El sistema redirige las solicitudes de información a los Oficiales de Información Pública (OIP) competentes de cada institución y proporciona información sobre el estatus de una solicitud. También recoge estadísticas sobre el tipo de información solicitada, el estatus de las solicitudes o el motivo por el que no se facilita la información.
Las leyes de acceso a la información suelen especificar también el plazo de espera para obtener una respuesta. El artículo 21 de la Ley ATI de Honduras y el artículo 39 de sus estatutos establecen un plazo máximo de 10 días para responder a la solicitud, frente a un promedio de 20 días hábiles en los países de la OCDE (OECD, 2016[2]). Las instituciones públicas sujetas a la ley ATI pueden denegar el acceso a información que entre en una lista de excepciones, incluyendo la seguridad nacional, las relaciones internacionales, los datos personales y la salud y seguridad públicas, entre otras (artículo 25 de los estatutos de la ley ATI). Un importante avance en este sentido es la derogación de la Ley de Secretos en marzo de 2022. Aprobada en 2013, la ley se utilizó a menudo para clasificar información y justificar la denegación de solicitudes de información (France24, 2022[26]). Si se deniega una solicitud de información, debe facilitarse una justificación al solicitante. Una vez que se haya notificado al solicitante la denegación de la solicitud, podrá interponer una apelación ante el IAIP. A continuación, el IAIP dispone de 10 días para revisar la apelación. Como último recurso, los solicitantes pueden apelar la decisión del IAIP mediante un amparo, que será resuelto por la Corte Suprema de Justicia.
Aunque el proceso legal general para la divulgación reactiva se ajusta a las normas de la OCDE, la implementación se está quedando atrás. El Plan Estratégico Institucional del IAIP identificó una falta general de accesibilidad y credibilidad de la información debido, entre otras razones, a una ineficaz estrategia de comunicación de los mecanismos existentes para solicitar información, a los limitados métodos de acceso a la información y a la falta de respuesta a determinadas solicitudes de información (IAIP, 2018[27]). Este problema se confirmó durante la misión de investigación, en la que las partes interesadas mencionaron una falta general de confianza en la información proporcionada por el gobierno. Aunque el solicitante también puede presentar una solicitud en persona, las partes interesadas señalaron las limitaciones del SIELHO para las solicitudes electrónicas, en particular en las zonas rurales, donde las habilidades digitales y la alfabetización digital son limitados. De hecho, el Banco Mundial sugiere que sólo el 32% de las personas utilizan Internet en Honduras (World Bank, n.d.[28]). Esto implica que la eficacia de los mecanismos de acceso a la información existentes sigue siendo limitada. De forma similar a las iniciativas tomadas en Colombia y México (ver Recuadro 5.6.), Honduras podría considerar mecanismos multicanal para crear conciencia sobre el derecho de acceso a la información y fomentar medidas de divulgación tanto proactivas como reactivas para contrarrestar la brecha digital existente y garantizar un acceso inclusivo y equitativo a la información.
Recuadro 5.6. Aumento de la inclusión del acceso a la información en Colombia y México
Colombia
La Procuraduría General de la Nación desarrolló una serie de herramientas para orientar a los funcionarios públicos con respecto a proporcionar acceso a la información pública a las personas que se encuentran en situación de discapacidad, así como a los miembros de las comunidades indígenas y otras minorías del país. Dicha Oficina también ha creado folletos específicos para estos miembros de la sociedad, con el fin de garantizar que conozcan su derecho de acceso a la información y sepan cómo utilizarlo. Estos materiales, dirigidos a funcionarios públicos, se crearon siguiendo una serie de criterios, entre ellos: 1) su lenguaje debía ser sencillo, evitando tecnicismos jurídicos; 2) el texto debía ser comprensible para personas sin conocimientos del tema; 3) debían ser breves; y 4) los aspectos teóricos y técnicos sólo debían incluirse cuando fuera estrictamente necesario. Colombia también desarrolló un vídeo explicativo en lengua de señas para ciudadanos con discapacidad o deficiencia auditiva con el fin de presentar la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La ley ATI colombiana se transformó al braille y se puso a disposición de los ciudadanos con discapacidad visual en tipografía grande. Por último, Colombia tiene una población indígena de 2 millones de personas; la ley ATI se ha traducido a seis lenguas indígenas: arhuaco, chamí, koreguaje, katío, nasa y wayuu.
México
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de México (INAI) organiza periódicamente talleres y realiza actividades de divulgación con grupos vulnerables que se enfrentan a barreras estructurales que pueden impedir el acceso a la información. Uno de los resultados de estos talleres fue la elaboración de guías sobre alfabetización digital para ciudadanos de la tercera edad y mujeres de zonas rurales. El INAI también utiliza radios comunitarias en lenguas indígenas para promover el uso y el acceso a la información.
Fuente: Guía sobre Gobierno Abierto para Funcionarios Públicos Peruanos, https://www.oecd.org/gov/open-government/guia-de-la-ocde-sobre-gobierno-abierto-para-funcionarios-publicos-peruanos.htm (consultado el 31 de octubre de 2022); https://home.inai.org.mx/ (consultado el 1 de noviembre de 2022.)
Podrían reforzarse las capacidades institucionales para llevar a cabo la supervisión de la ley ATI
Un factor importante para la implementación efectiva de las leyes ATI es la existencia de acuerdos institucionales sólidos que garanticen su aplicación. La función de estos organismos varía mucho entre los países miembros y socios de la OCDE, pero pueden agruparse en: 1) la ejecución, como la consolidación de la información divulgada de forma proactiva, la tramitación de quejas y la sanción del incumplimiento; 2) el seguimiento, como el proceso interno de apelación y el cumplimiento de la propia ley; y 3) la promoción de la ley, como el asesoramiento a las instituciones públicas y la capacitación, entre otras medidas. La ley ATI hondureña establece tres organismos con diferentes obligaciones: el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP); los funcionarios de acceso a la información (OIP); y el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA).
El IAIP se encarga de promover y facilitar el acceso a la información pública a las partes interesadas, así como de regular y supervisar los procedimientos de las instituciones sujetas a la ley en materia de protección, clasificación y custodia de la información pública. El IAIP es un organismo autónomo, con independencia operativa, de toma de decisiones y presupuestaria. Se compone de tres comisarios, elegidos por el Congreso Nacional por un período de cinco años (IAIP, n.d.[29]). El IAIP tiene, entre otras, las siguientes funciones y competencias:
dar seguimiento y resolver apelaciones
establecer los manuales e instrucciones de clasificación, archivo, salvaguarda y protección de la información pública, que deben aplicar las instituciones públicas
establecer los criterios y recomendaciones para el funcionamiento del Sistema Nacional de Información Pública
aplicar sanciones por incumplimiento de la ley ATI y de las directrices de verificación
llevar a cabo los procedimientos administrativos necesarios para garantizar el derecho de acceso a la información de los ciudadanos
presentar un informe semestral de actividades a la Presidencia de la República y al Congreso Nacional
llevar a cabo actividades de promoción y divulgación sobre el ejercicio del derecho de acceso a la información
garantizar la divulgación de información proactiva según el artículo 13 de la ley ATI.
Según el Plan Estratégico Institucional 2019-23 del IAIP, un reto relevante es la falta de cultura de transparencia en el sector público (IAIP, 2018[27]). Esto se debe a una serie de factores, como la politización de las instituciones públicas, valores cívicos limitados, la debilidad de la lucha contra la corrupción y la falta de interés de la sociedad civil. Durante la misión de investigación, las partes interesadas reconocieron el mandato y los esfuerzos del IAIP por promover el derecho de acceso a la información y garantizar su implementación legal. Sin embargo, se expresó preocupación por los limitados recursos humanos y financieros del Instituto, que dificultan su capacidad para cumplir eficazmente su mandato. Por lo tanto, es necesario seguir reforzando las capacidades del IAIP para aumentar su capacidad de aplicación, incluidas las obligaciones de promoción y supervisión de la ley ATI, garantizando un nivel adecuado de recursos humanos y financieros. En términos de aplicación, esto permitiría al IAIP aumentar la supervisión a las 428 instituciones públicas sujetas a la ley ATI.
Además del IAIP, el CNA desempeña un papel crucial a la hora de garantizar la correcta implementación de la Ley ATI al recibir del IAIP cifras actualizadas sobre apelaciones y sanciones, así como el informe semestral de actividades para monitorear la aplicación de la Ley ATI. El CNA es un organismo independiente con personalidad jurídica integrado por partes interesadas de la sociedad civil, creado por el Decreto Legislativo Núm. 07-2005 con el objetivo de apoyar las políticas y acciones emprendidas en la lucha contra la corrupción por el gobierno de la República de Honduras (CNA, n.d.[30]).
Por último, los funcionarios de acceso a la información u OIP son la(s) persona(s) designada(s) por cada una de las 428 instituciones sujetas a la ley como responsable de la gestión eficaz de las obligaciones de divulgación proactiva y reactiva, función que existe en el 50% de los países de la OCDE. La designación de funcionarios de acceso a la información en todas las instituciones públicas con los recursos adecuados es esencial para implementar eficazmente una ley de acceso a la información. Sin embargo, según la misión de investigación, los OIP carecen a menudo de capacidades y recursos, tanto humanos como financieros, para desempeñar adecuadamente sus funciones. Esto dificulta la calidad de la información facilitada a los solicitantes, tanto de forma proactiva como reactiva. El IAIP ofrece capacitación a los OIP para reforzar sus capacidades, por ejemplo, con un programa de certificación, y ha creado una red informal de funcionarios en cada departamento. Sin embargo, la falta de continuidad de los funcionarios, en particular a nivel local debido a los cambios durante las transiciones políticas, es otro reto relevante. En términos de capacidades, el IAIP podría aprovechar el programa de certificación existente y la red informal para ampliar la capacitación y establecer una red formal entre los funcionarios públicos OIP para llevar a cabo el desarrollo de capacidades y promover la cooperación y el intercambio de conocimientos y experiencias. En Brasil, la Red del Servicio de Información al Ciudadano (Serviço de Informação ao Cidadão - SIC) (RedeSIC) es un ejemplo relevante de red formal que ofrece capacitación a funcionarios de acceso a la información de todos los niveles y ramas del gobierno, incluidos miembros de los medios de comunicación y expertos académicos.
Honduras adoptó un marco legal sobre la participación ciudadana y de las partes interesadas, cuya ambición podría aumentarse
Honduras adoptó su Ley de Participación Ciudadana en 2006 como "medio para modernizar la forma en que los ciudadanos pueden participar en la vida pública como parte del principio de democracia participativa que consagra la unidad nacional". La ley define la participación ciudadana como "la inclusión de los ciudadanos en la formulación, ejecución y evaluación de todas las políticas y acciones del Estado", e introduce cuatro mecanismos (Government of Honduras, 2006[31]):
plebiscito
referéndum
cabildos abiertos
iniciativa ciudadana.
Además, el marco legal del país para la participación ciudadana (véase la Cuadro 5.2) incluye la Ley de Municipalidades de 1990, que creó las Comisiones Ciudadanas de Transparencia como órganos de participación para actuar como mecanismo de rendición social de cuentas para supervisar y monitorear el uso de los recursos públicos y garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos a nivel municipal (Government of Honduras, 1990[32]). La Ley de Descentralización del Estado de 2016 encargó a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización "promover la gobernanza local a través del fortalecimiento de la participación ciudadana y la rendición social de cuentas para lograr un proceso de descentralización sostenible y transparente" (Government of Honduras, 2016[33]).
La adopción de un marco legal sobre la participación de los ciudadanos y las partes interesadas contribuye a aclarar las responsabilidades de las autoridades públicas y apoya la institucionalización de la participación. Honduras ha adoptado tres importantes instrumentos legislativos en materia de participación. Sin embargo, aún quedan algunos retos para garantizar que este marco contribuya eficazmente al desarrollo de una cultura de participación en Honduras. La evidencia recopilada por la OCDE sugiere que el marco legal existente sobre participación no se implementa correctamente y carece de mecanismos de seguimiento. Por ejemplo, el Foro Nacional de Participación Ciudadana nunca llegó a crearse, y los distintos mecanismos enumerados en la legislación rara vez se organizan o tienen un impacto mínimo en la toma de decisiones (LATINNO, 2017[34]).
El marco legal del país podría enriquecerse con formas adicionales y más ambiciosas de participación ciudadana y de las partes interesadas. La Ley de Participación Ciudadana (2006) podría revisarse para incluir mecanismos más atractivos y significativos como los presupuestos participativos, las consultas ciudadanas9 o los procesos deliberativos10. Honduras podría inspirarse en países miembros y socios de la OCDE, como México, Colombia o Brasil, que han incluido un conjunto diverso de mecanismos participativos en su legislación (véase Recuadro 5.7.).
Dado el contexto de Honduras, determinadas prácticas de otros países latinoamericanos podrían servir de inspiración. Por ejemplo, los presupuestos participativos en Brasil han demostrado ser una herramienta eficaz para involucrar a ciudadanos y partes interesadas en las decisiones públicas, con efectos concretos y tangibles sobre la inclusión, la calidad democrática y la reducción de la corrupción.
Recuadro 5.7. Legislación sobre participación ciudadana y de las partes interesadas en los países miembros y socios de la OCDE
Ley 1757 de 2015 de promoción y protección del derecho a la participación democrática en Colombia
La Ley 1757 de 2015 de promoción y protección del derecho a la participación democrática tiene por objeto promover, proteger y garantizar el derecho a participar en la vida política, administrativa, económica, social y cultural, así como el control del poder político. El Artículo 2 estipula que todo plan de desarrollo debe incluir medidas específicas para involucrar a las personas en las decisiones que les afecten y apoyar diferentes formas de organizar la sociedad. Del mismo modo, los planes de gestión de las instituciones públicas deben indicar explícitamente cómo van a facilitar y promover la participación de los ciudadanos en sus ámbitos de responsabilidad. La Ley 1757 de 2015 creó el Consejo Nacional de Participación Ciudadana, que asesora al Gobierno Nacional en la definición, desarrollo, diseño, seguimiento y evaluación de la política pública de participación ciudadana en Colombia.
Ley de Participación Ciudadana de 2019 en la Ciudad de México (México)
Esta ley establece los distintos mecanismos que tienen los ciudadanos y las partes interesadas para participar en las decisiones públicas. La ley enmarca la participación ciudadana y establece veinte mecanismos e instrumentos para su implementación, organizados por tipo de democracia: seis mecanismos de democracia directa, seis mecanismos de democracia participativa y ocho mecanismos de democracia representativa. Los instrumentos establecidos por la ley son diversos, e incluyen consultas públicas, presupuestos participativos, asambleas de ciudadanos e iniciativas ciudadanas. La ley también establece mecanismos de gobernanza e institucionales para garantizar la participación efectiva de los ciudadanos con un enfoque de Estado abierto, mediante la participación de representantes del ejecutivo, el legislativo, el judicial y las instituciones independientes.
Ley 10.257 de 2001 sobre el Estatuto de la Ciudad (Estatuto da Cidade) en Brasil
Esta legislación ordena que todas las políticas urbanas de Brasil garanticen una "gestión democrática mediante la participación de ciudadanos y asociaciones que representen a diversos segmentos de la comunidad, en la formulación, implementación y seguimiento de planes, programas y proyectos". Esta ley incluye un capítulo sobre la "gobernanza democrática de la ciudad", con disposiciones que establecen los mecanismos para que los ciudadanos y las partes interesadas influyan y controlen las políticas y la gestión urbanas, incluidos los presupuestos participativos, los órganos colegiados, las consultas públicas y los mecanismos de democracia directa. Establece la obligatoriedad de involucrar a los ciudadanos y a las partes interesadas en la elaboración de los planes plurianuales, las directrices fiscales y las propuestas presupuestarias. El artículo 44 detalla los mecanismos de un presupuesto participativo, incluidos debates públicos, audiencias y consultas.
Fuente: OCDE (2021), Guía OCDE para diseñar e implementar estrategias territoriales de Gobierno Abierto en Colombia, https://www.oecd.org/colombia/Guia-ocde-para-disenar-e-implementar-estrategias-territoriales-de-gobierno-abierto-en-colombia.pdf (consultado el 1 de noviembre de 2022); Instituto Electoral de la Ciudad de México (2019), "Nueva Ley de Participación Ciudadana", https://www.iecm.mx/wp-content/uploads/2019/09/InfografiaLPCCM.pdf (consultado el 1 de noviembre de 2022); OCDE (2022), Revisión de Gobierno Abierto de Brasil.
La arquitectura institucional para la participación ciudadana y de las partes interesadas en Honduras podría mejorarse para apoyar su implementación
El marco legal de Honduras encarga a dos autoridades públicas la supervisión de la agenda de participación ciudadana. Por un lado, la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (SDT)11 se encarga de promover la participación ciudadana en materia de transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción. Por otro lado, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD) es la encargada de diseñar e implementar la política nacional de participación ciudadana a nivel subnacional, y garantizar la implicación de la sociedad civil. Además de estos organismos, la legislación crea diferentes mecanismos de coordinación dentro del gobierno y con partes interesadas no gubernamentales, concretamente, el Foro Nacional de Participación Ciudadana,12 los Consejos de Desarrollo Municipal y Departamental y las Mesas Comunitarias de la Participación Ciudadana.
La evidencia recopilada por la OCDE durante la misión de investigación sugiere que esta arquitectura institucional en el nivel central de gobierno podría reforzarse. En primer lugar, Honduras podría clarificar el liderazgo institucional para la agenda de participación a nivel nacional estableciendo este mandato en una oficina dedicada, ya sea en la institución encargada de la agenda de gobierno abierto o en la SGJD. Una Unidad de Participación Ciudadana específica podría seguir los ejemplos de los países de la OCDE (véase Recuadro 5.8.) y encargarse de la implementación de los procesos participativos y de la coordinación con otras autoridades nacionales, y podría funcionar como un centro de conocimientos especializados que prestara soporte técnico en materia de participación ciudadana a todas las instituciones públicas. Esta función de apoyo podría reforzarse conjuntamente con la institución competente encargada de la capacitación de los funcionarios.13 Este mandato debería estar respaldado por recursos suficientes, ya que las entrevistas revelaron que la SDT no disponía de recursos humanos específicos ni de mecanismos para dirigir la agenda de participación. Alternativamente, añadiendo a sus responsabilidades subnacionales y de espacio cívico, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización podría ampliar su papel y abarcar la agenda nacional de participación ciudadana.
En segundo lugar, el propuesto Foro Nacional de Participación Ciudadana nunca se creó, y no hay una comprensión clara del papel/responsabilidades de los Consejos de Desarrollo Municipal y Departamental ni de las Mesas Comunitarias de la Participación Ciudadana. Estos órganos colegiados y deliberativos podrían apoyar a la institución bajo mandato en su función de dirigir y promover la participación ciudadana en todo el país. El Foro Nacional de Participación Ciudadana (FNPC) podría implementarse como un espacio de colaboración entre partes interesadas públicas y no públicas sobre prácticas participativas tanto a nivel local como nacional. Honduras podría implementar este Foro como espacio de diálogo, coordinación, seguimiento e intercambio de buenas prácticas. El Foro podría inspirarse en los Consejos de Política Nacional brasileños, en los que las autoridades públicas y los representantes de la sociedad civil configuran colectivamente las políticas y los servicios en ámbitos políticos específicos. Como parte de estos organismos, Honduras debería fomentar la colaboración con actores clave de la sociedad civil, como el FONAC (Foro Nacional de Convergencia).
Recuadro 5.8. Entornos institucionales para la participación ciudadana en los países de la OCDE
Colombia
En Colombia, la agenda de participación ciudadana está coordinada a nivel nacional por el departamento encargado de la gestión pública (Departamento Administrativo de la Función Pública). Este Departamento supervisa la implementación de la Política Nacional de Participación Ciudadana y tiene el mandato de promover enfoques participativos en el servicio público y la gestión pública. Los ministerios competentes (por ejemplo, sanidad o educación) son responsables de implementar una guía institucional de participación ciudadana y de coordinarse con el Departamento Administrativo de la Función Pública para garantizar la coherencia y la armonización.
Francia
La agenda de participación ciudadana tiene una dirección política, una coordinación administrativa y una evaluación independiente. La agenda está dirigida por un ministro específico (Ministro de Relaciones con el Parlamento y Participación Ciudadana), coordinada por la Dirección Interministerial para la Transformación Pública (DITP) y supervisada por un organismo independiente (Comisión Nacional para el Debate Público - CNDP). La DITP también está a cargo de la agenda de gobierno abierto y del proceso de la OGP en Francia, y funciona como un centro de experiencia que proporciona soporte técnico sobre participación ciudadana a todas las instituciones públicas.
México
México cuenta con dos oficinas que coordinan y lideran la implementación de la agenda de participación, una ubicada en el centro del gobierno a cargo de la coordinación entre el gobierno y partes interesadas no públicas como la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos). La otra oficina es la que dirige el gobierno abierto y se encarga de orientar y apoyar a otras entidades federales (Secretaría de la Función Pública).
Fuente: Elaboración del autor con base en OCDE (2021), Encuesta sobre Gobierno Abierto.
Traducir objetivos de alto nivel en acciones concretas y medibles en la primera Política Nacional de Gobierno Abierto de Honduras
El entorno propicio para el gobierno abierto incluye políticas que orientan al gobierno a medio y/o largo plazo. El marco de políticas establece la guía para las reformas del gobierno abierto definiendo el "qué" y el "cómo" (OECD, 2016[2]). El marco de políticas suele consistir en documentos de políticas (por ejemplo, estrategias, planes de acción) que detallan iniciativas, compromisos y proyectos destinados a fomentar los principios del gobierno abierto.
En Honduras, el documento de políticas más importante en materia de gobierno abierto es el Plan de Acción de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP). Sin embargo, las referencias a la promoción de los principios de gobierno abierto también se incluyen en otros documentos de políticas como la Visión de País 2010-38 y la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción publicada en 2018. Los documentos de políticas más relevantes para el gobierno abierto en Honduras se presentan en Cuadro 5.3.
Cuadro 5.3. Descripción general de los principales documentos de políticas existentes sobre gobierno abierto en Honduras
Nombre |
Objetivo principal |
Principios de Gobierno Abierto |
Validez |
Institución líder (en noviembre de 2021) |
---|---|---|---|---|
4º Plan de Acción para el Estado Abierto en Honduras 2018-2020 |
Incluye compromisos de las autoridades públicas de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como de instituciones independientes, para promover los principios de transparencia, participación y rendición de cuentas. |
Todos |
2018-2020 |
Secretaría de Transparencia |
Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción |
Consolidar un Estado abierto, transparente, ágil, responsable de la rendición de cuentas y eficiente que promueva el desarrollo de Honduras en una democracia participativa y deliberativa, a la vez que promueva una mayor corresponsabilidad entre todas las fuerzas sociales del país en la transformación cultural y ética de la sociedad; en el desarrollo de una mayor colaboración armónica entre todas las entidades del Estado; en el mayor compromiso con una lucha frontal, total y radical contra la corrupción, la impunidad y el abuso de la función pública en todas sus formas. |
Todos |
2018 - 2030 |
Secretaría de Transparencia |
Política Nacional y Plan de Acción sobre Transparencia y Acceso a la Información Pública |
Proporcionar un marco estratégico que oriente las acciones y fomente la cooperación entre las entidades del Estado, la sociedad y el sector privado, con miras a generalizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en las instituciones públicas y consolidar una cultura de transparencia en las instituciones públicas y privadas. |
Transparencia |
2015 - 2030 |
IAIP |
Política nacional de datos abiertos |
Promover el uso de datos abiertos como herramienta de transparencia. |
Transparencia |
Secretaría de Transparencia |
|
Declaración de Gobierno Abierto |
Establece objetivos de alto nivel de todos los poderes del Estado e instituciones independientes para consolidar un Estado abierto centrado en los principios de un gobierno abierto. |
Todos |
Presidencia de la República |
|
Visión de país 2010-38 |
Proporciona una visión a largo plazo para el desarrollo del país, incluyendo áreas políticas clave como el desarrollo económico, las políticas sociales y la descentralización regional. Este documento establece directrices inspiradas en los principios de un gobierno abierto. |
Transparencia Participación |
2010 - 2038 |
Presidencia de la República |
Nota: Esta tabla sólo incluye los documentos de políticas que se están implementando actualmente.
Fuente: Elaboración del autor.
El plan de acción de la OGP constituye la plataforma para hacer operativa la agenda de gobierno abierto en Honduras
Honduras se unió a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) en 2011. De acuerdo con las normas de la OGP, los miembros tienen que elaborar planes de acción semestrales. Estos planes tienen que ser el producto de un proceso de co-creación en el que las instituciones gubernamentales y la sociedad civil trabajen juntas para diseñar compromisos que tengan como objetivo fomentar los principios del gobierno abierto (OECD, 2020[17]). En toda la zona de la OCDE, los planes de acción de la OGP se han convertido en la forma más común de marcos políticos orientados a la acción para la promoción de la apertura. Al redactar este informe, 29 de los 38 países de la OCDE eran miembros de la OGP (OGP, 2021[35]).
El plan de acción de la OGP 2011-2013 de Honduras supuso el primer intento del país de agrupar una serie de iniciativas de gobierno abierto en un único documento político. Entre 2011 y 2021, Honduras elaboró cuatro planes de acción, incluyendo 67 compromisos en diferentes áreas de gobierno abierto. Los planes de acción de la OGP han constituido la piedra angular de la agenda de gobierno abierto en Honduras y el proceso de la OGP ha servido como punto de partida para el desarrollo de agendas políticas en una serie de áreas de gobierno abierto. Por ejemplo, el segundo plan de acción sirvió de plataforma para crear la Política de Transparencia del país, y la Política Nacional de Datos Abiertos fue el resultado del tercer plan de acción de la OGP. El proceso de la OGP fue también la base sobre la que se adoptó la Declaración de Gobierno Abierto.
Un análisis de los cuatro Planes de Acción de la OGP de Honduras revela que estos planes han tenido un fuerte enfoque en el lado informativo de la apertura,14 es decir, acciones relacionadas con el acceso a la información, la transparencia y los datos abiertos (Figura 5.3. ). Como en muchos países de la OCDE, los compromisos relacionados con una ciudadanía más comprometida han sido menos frecuentes. Más concretamente, el acceso a la información ha sido la categoría más destacada en los cuatro planes de acción. Más del 90% de los compromisos del segundo y tercer plan están relacionados con el acceso a la información. Mientras que la participación ciudadana figura en aproximadamente la mitad (52.2%) de los compromisos en promedio, la rendición pública de cuentas sólo lo hace en uno de cada cinco compromisos (19.2%). El último plan de acción no incluye ningún compromiso relacionado con la rendición de cuentas. Además, la tecnología ha ido adquiriendo cada vez más importancia con el paso del tiempo. Mientras que ligeramente más de una cuarta parte del primer plan de acción (28.1%) se refería a la tecnología, este valor ha aumentado más del doble en los dos últimos planes de acción. Ahora representa el 65% de los compromisos y ha sido tan prominente como el Acceso a la Información en la versión de 2018. Honduras podría considerar incluir más compromisos sobre las otras áreas de apertura más allá del acceso a la información, especialmente la participación ciudadana y la rendición de cuentas, para asegurar que los Planes de Acción que siguen contribuyen a una comprensión más ambiciosa del gobierno abierto.
La ambición de avanzar hacia un Estado abierto se refleja en el aumento gradual de diferentes actores, más allá del poder ejecutivo, que participan en el diseño y la implementación de los compromisos de la OGP. Honduras podría continuar sus esfuerzos para aumentar la diversidad de los actores involucrados en el proceso de la OGP. Reconociendo su autonomía, el nivel central podría llegar a más gobiernos subnacionales para integrar el proceso de la OGP. En este sentido, Honduras podría alinear los compromisos asumidos por las diferentes partes interesadas en la Declaración de Gobierno Abierto con los compromisos de la OGP, para utilizar estos planes de acción como una herramienta para hacer operativos los compromisos de alto nivel, aumentar la evaluación y apoyar un movimiento coherente hacia un Estado abierto.
La evidencia recopilada apunta a que la implementación de los Planes de Acción de la OGP en Honduras debería mejorarse. Los datos del Sistema de Monitoreo y Seguimiento de la Alianza Gobierno Abierto Honduras (SIMAGAH) muestran que, para el tercer Plan de Acción de la OGP, no se completó ni un solo compromiso y el 61.54% se implementó parcialmente (menos del 40% de cumplimiento). En cuanto al cuarto Plan de Acción de la OGP (2018-21), solo se ha completado el 14.51% de los compromisos (véase la Figura 5.5), aunque cabe señalar que las restricciones relacionadas con COVID-19 repercutieron en la implementación de esta y otras políticas. La implementación insuficiente no es sólo un problema de los Planes de Acción de la OGP en Honduras, ya que se hace eco del principal reto para el gobierno abierto en el país en general.
Incluir el gobierno abierto y el Estado abierto en los documentos de políticas estratégicas de alto nivel
Como se ha expuesto en el Capítulo 3, Honduras ha adoptado documentos de políticas estratégicas de alto nivel para definir una visión a largo plazo del país y las aspiraciones en los ámbitos social, económico y político, como la Visión de País y el Plan de Nación. La experiencia de los países de la OCDE demuestra que la inclusión de elementos de gobierno abierto en los principales documentos de políticas estratégicas es beneficiosa, ya que aporta una visión a largo plazo a la agenda de gobierno abierto.
Honduras podría considerar incluir objetivos de alto nivel de sus agendas de gobierno abierto y Estado abierto en dichos documentos, abriendo una oportunidad para alinear la agenda de gobierno abierto con otros objetivos de políticas como la lucha contra la corrupción, una democracia más fuerte, un espacio cívico saludable y una administración pública más eficiente. Por ejemplo, Honduras podría incluir el objetivo de un Estado abierto, o acciones tangibles como el diseño de una Política de Gobierno Abierto para todo el gobierno, así como un conjunto de indicadores para medir su implementación como objetivo. Honduras también podría incluir iniciativas concretas de gobierno abierto para apoyar objetivos más amplios, como procesos participativos para mejorar el control ciudadano del gasto público, o datos abiertos para combatir la corrupción a través de la adquisición pública. Los miembros de la OCDE, como Colombia, podrían servir de inspiración en este sentido (Recuadro 5.9.).15
Recuadro 5.9. Política y directrices de Estado abierto en Colombia (CONPES)
En diciembre de 2021, Colombia aprobó sus Lineamientos de Política para la Implementación de un Modelo de Estado Abierto. El objetivo de este documento es fomentar la confianza en las instituciones públicas y mejorar la relación entre el Estado y los ciudadanos. Establece un modelo de Estado abierto, es decir, una acción pública más transparente, participativa y colaborativa. Este documento se estableció a través de una metodología participativa y forma parte de un objetivo del Plan Nacional de Desarrollo de Colombia 2018-22.
La Política de Estado Abierto tiene cinco objetivos estratégicos que se aplicarán de 2022 a 2025:
Transparencia:
promover el derecho de acceso a la información pública
promover iniciativas de transparencia dirigida
Integridad pública:
fomentar la cultura de la integridad en la gestión de los recursos humanos
articular y difundir herramientas para gestionar y prevenir conflictos de intereses
Legalidad:
promover un enfoque integrado de gestión de riesgos
mejorar la gestión de los informes y denuncias de corrupción y la protección de los denunciantes
desarrollar herramientas e información útil para la investigación y sanción de las prácticas de corrupción
Corresponsabilidad (participación ciudadana):
fomentar mecanismos de rendición social de cuentas en la formulación y evaluación de las políticas públicas
promover la corresponsabilidad para generar confianza entre los ciudadanos
Innovación:
promover iniciativas públicas de innovación como herramienta transversal para apoyar la consolidación de un Estado Abierto.
Fuente: Gobierno de Colombia (2018), Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad, https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/Resumen-PND2018-2022-final.pdf(consultado el 1 de noviembre de 2022); Gobierno de Colombia (2021), Documento CONPES 4070 Lineamientos de política para la implementación de un modelo de Estado abierto, https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4070.pdf (consultado el 1 de noviembre de 2022).
La Declaración de Estado Abierto trata de extender los beneficios del gobierno abierto a todos los poderes y todos los niveles de gobierno, pero se está quedando atrás en su implementación
Siguiendo los pasos de miembros de la OCDE como Costa Rica en 2015 y Colombia en 2017 (ver Recuadro 5.10.), Honduras adoptó la Declaración para Consolidar a Honduras como un Estado Abierto (en adelante La Declaración) en 2018 como una declaración de alto nivel firmada por todos los poderes y el nivel subnacional de gobierno (ver Recuadro 5.11. para más detalles).
Recuadro 5.10. Iniciativas de Estado abierto en América Latina y el Caribe
Costa Rica fue el Estado abierto pionero en la región. La Declaración para la Creación de un Estado Abierto de 2015, firmada por el Presidente de la República, el Presidente de la Asamblea Legislativa, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia y el Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, constituyó la base del Convenio Marco de 2017 para promover un Estado Abierto en la República de Costa Rica entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones. El Marco establece políticas para construir un Estado abierto mediante compromisos conjuntos para garantizar la transparencia, el acceso a la información, la participación ciudadana y la lucha contra la corrupción en los cuatro poderes del Estado. Fue el primer convenio del mundo sobre Estado Abierto y se elaboró mediante un proceso multisectorial con un importante soporte técnico de la OCDE.
Colombia – La Declaración de Compromisos por un Estado Abierto del país fue firmada por representantes de todos los poderes del Estado en 2017. Guiadas por esta Declaración, las instituciones, incluidos los organismos electorales y de supervisión nacionales, están desarrollando enfoques de su trabajo y estructura basados en los pilares de la transparencia y la rendición de cuentas, con el fin de prevenir la corrupción y garantizar los derechos. Al mismo tiempo, se han realizado esfuerzos sistemáticos para incluir a los niveles subnacionales de gobierno en este proceso.
Fuente: OECD (2016), Open Government in Costa Rica, OECD Public Governance Reviews, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/9789264265424-en; OECD (2019), “Public Governance Scan Colombia”, OECD Public Governance Reviews, OECD Publishing, Paris, https://www.oecd.org/gov/Colombia-Scan-Final-Spanish.pdf (consultado el 1 de noviembre de 2022).
Recuadro 5.11. Declaración de Honduras sobre el Estado Abierto
Honduras adoptó en 2018 un documento de alto nivel de todo el Estado para establecer una visión y directrices para construir un Estado abierto. La Declaración está firmada por todos los poderes del Estado:
el Presidente de la República, en representación del poder ejecutivo
el Presidente del Congreso Nacional, en representación del poder legislativo
el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, en representación del poder judicial
el Procurador General de la República, el Presidente del Tribunal Superior de Cuentas y el Presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública, en representación de las instituciones públicas independientes
el Presidente de la Asociación Nacional de Municipios, en representación del nivel subnacional de gobierno.
Este documento de alto nivel tiene como objetivo apoyar la implementación de la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción de 2018 en todo el Estado, como una forma de construir un Estado abierto en Honduras. Su principal objetivo es "consolidar un Estado abierto, transparente, ágil, responsable y eficiente para fortalecer la democracia participativa y deliberativa de Honduras". Para ello, incluye 11 compromisos comunes a todos los poderes y niveles de gobierno, así como 11 compromisos para el poder ejecutivo, 5 para el legislativo, 7 para el judicial, 5 para las instituciones independientes, 3 para el IAIP y 3 para la Asociación de Municipios independientes, 3 para el IAIP y 3 para la Asociación de Municipios.
Fuente: Gobierno de Honduras (2018), Declaración para Consolidar a Honduras como un Estado Abierto.
Además de establecer una visión y unos objetivos para cada poder, como aumentar la transparencia y la participación del gobierno central y desarrollar una política de parlamento abierto por parte del poder legislativo, la Declaración crea la Mesa Inter-agencial de Transparencia y Anticorrupción (MITA) para coordinar la implementación de los compromisos y garantizar la colaboración entre los distintos poderes y niveles de gobierno. Esta Mesa también es responsable de la coordinación e implementación de la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción.
La OCDE reconoce el nivel de ambición de la Declaración. Sin embargo, la evidencia recogida durante la misión de investigación de la OCDE muestra que existe una buena comprensión del concepto de Estado abierto en todos los poderes, pero el nivel de implementación práctica sigue siendo desigual. Esto se debe en parte a que muchos de los compromisos incluidos en la Declaración no son medibles y carecen de indicadores para su evaluación. Por ejemplo, Honduras ha dado pasos positivos hacia una Justicia Abierta con compromisos en su último Plan de Acción de la OGP e iniciativas para aumentar la transparencia (datos abiertos, comunicación y lenguaje sencillo), fomentar la alfabetización en gobierno abierto (cursos y uso de medios tradicionales) y la participación ciudadana (líderes comunitarios, procesos participativos para seleccionar jueces). Mientras que el poder judicial parece haber avanzado, la evidencia muestra que el legislativo se está quedando atrás en términos de transparencia y participación. Por ejemplo, el Índice Latinoamericano de Transparencia Legislativa 2020 otorgó a Honduras la calificación más baja de la región y destacó la ausencia de información sobre presupuesto y participación ciudadana (Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa, 2020[36]).
Para que Honduras avance efectivamente hacia un Estado abierto, la Declaración debe hacerse operativa. Honduras podría considerar integrar los compromisos incluidos en la Declaración dentro de la Política de Gobierno Abierto sugerida y sus subsiguientes planes de acción. Como parte de esta ambición de todo el Estado, todos los poderes y niveles de gobierno podrían desarrollar su propio plan de acción para implementar los objetivos de la Declaración mediante acciones e hitos concretos. La Política de Estado Abierto adoptada recientemente en Colombia podría servir de inspiración para hacer operativa la Declaración de alto nivel (véase Recuadro 5.9.).
Pasar de iniciativas dispersas a una agenda integrada de gobierno abierto mediante una Estrategia de Gobierno Abierto
Si bien el plan de acción de la OGP constituye la piedra angular de la agenda de gobierno abierto de Honduras, diferentes partes interesadas reconocieron durante la misión de investigación de la OCDE que el plan de acción de la OGP no permite una visión integrada sobre cómo todas las instituciones públicas, en todos los poderes, pueden contribuir a transformar Honduras para que sea un país más transparente, participativo y responsable de la rendición de cuentas.
Con respecto a la naturaleza del plan de acción de la OGP (a corto plazo y basado en compromisos), es una herramienta para crear una comunidad de promotores del gobierno abierto y establecer el entorno para reformas más amplias, pero no promueve un cambio de cultura ni proporciona una visión a largo plazo para el país. Con el fin de aplicar un enfoque verdaderamente integral a la promoción de la apertura, la OCDE invita a los países a considerar la adopción de una Estrategia de Gobierno Abierto integrada. La Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto (2017[1]) define una Política/Estrategia de Gobierno Abierto como:
"Un documento que define la agenda de gobierno abierto del gobierno central y/o de cualquiera de sus niveles subnacionales, así como la de una única institución pública o área temática, y que incluye iniciativas clave de gobierno abierto, junto con objetivos e indicadores a corto, medio y largo plazo".
Una Estrategia de Gobierno Abierto proporciona un marco para alinear todos los documentos de políticas relacionados con la apertura (por ejemplo, el Plan de Acción de la OGP, la Política de Datos Abiertos, los Planes de Acceso a la Información, etc.) y reunirlos bajo una narrativa coherente a medio y largo plazo. Al reconocer los beneficios de contar con un marco de políticas general para el gobierno abierto, un número cada vez mayor de miembros y no miembros de la OCDE, entre ellos Canadá, Colombia, Italia y Argentina, han comenzado a diseñar y aplicar estrategias/políticas federales/centrales de gobierno abierto (OECD, 2020[17]). En última instancia, la Política/Estrategia de Gobierno Abierto de cada país debe adaptarse a su contexto y prioridades específicos.
Para avanzar hacia una agenda de gobierno abierto más integrada, y como mecanismo para mejorar la implementación de objetivos de alto nivel, Honduras podría considerar la adopción de su primera Estrategia de Gobierno Abierto para todo el gobierno. El documento sugerido podría centrarse en la implementación de los principios del gobierno abierto (transparencia, participación, rendición de cuentas) en todo el Estado. Podría ser la oportunidad de alinear los objetivos de alto nivel fijados en la Declaración de Gobierno Abierto con iniciativas procesables y mensurables. La Estrategia de Gobierno Abierto sugerida podría crear sinergias entre el gobierno abierto y áreas prioritarias clave del gobierno, como la lucha contra la corrupción.
Además de la Política de Gobierno Abierto, Honduras también podría considerar la adopción de un marco político dedicado a la integridad pública, que incluya todos los elementos que van más allá del ámbito del gobierno abierto, como la probidad, los códigos de conducta, la ética y la integridad electoral. Esta Política podría seguir los principios y orientaciones de la Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Integridad Pública (2017[37]), que define la integridad pública como la alineación coherente y la adhesión a valores éticos, principios y normas compartidos para defender y dar prioridad al interés público sobre los intereses privados en el sector público. Para más información sobre el enfoque de la OCDE en materia de integridad pública, véase el Recuadro 5.A1.2 del Anexo.
Optimizar la arquitectura institucional para reducir los solapamientos y aumentar la coordinación
El marco institucional para el gobierno abierto está formado por todas aquellas instituciones públicas que tienen responsabilidades relacionadas con la coordinación, promoción, supervisión e implementación de diferentes iniciativas de gobierno abierto en todo el gobierno. En cualquier país, diversas instituciones y entidades de todos los poderes del Estado y niveles de gobierno tienen mandatos y funciones que contribuyen al gobierno abierto (Cuadro 5.4).
Cuadro 5.4. Responsabilidades institucionales para el gobierno abierto en Honduras
Nombre |
Mandato |
Base jurídica |
---|---|---|
Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (SDT) |
Coordinación del proceso de la OGP y sirve como punto de contacto para la OGP en Honduras. Implementación de la Declaración de Gobierno Abierto para el Ejecutivo y coordinación con otras entidades. Responsable de la implementación de la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción. |
Decreto PCM-111-2020 Decreto PCM-021-2021 |
Instituto de Acceso a la Información Pública |
Promoción e implementación de la Política Nacional de Transparencia, y garantizar el derecho de acceso a la información pública como parte de los esfuerzos más amplios para fortalecer el estado de derecho y aumentar los estándares democráticos a través de la participación ciudadana. Regular y supervisar los procedimientos de las instituciones sujetas a la ley de acceso a la información en materia de protección, clasificación y custodia de la información pública. |
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública |
Tribunal Superior de Cuentas (TSC) |
Garantizar la rendición de cuentas de las instituciones públicas, en relación con el uso de los fondos públicos y la ejecución de los programas. Promover la integridad y una cultura de rendición de cuentas en todo el sector público. |
Ley del Tribunal Superior de Cuentas |
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización |
Diseño e implementación de la política nacional de participación ciudadana y de las partes interesadas a nivel nacional y subnacional. Coordinación con organizaciones de la sociedad civil para promover la participación y la rendición social de cuentas. |
Decreto PCM-055-2017 |
Secretaría de Derechos Humanos |
Proteger y promover los derechos humanos en Honduras. Implementar las recomendaciones internacionales para mejorar el espacio cívico. |
N/A |
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) |
Proteger el espacio cívico y los derechos humanos. |
Ley sobre el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y Decreto PCM 153-95 |
Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) |
Prevenir y combatir las prácticas de corrupción (sólo miembros de la sociedad civil). |
Ley del Consejo Nacional Anticorrupción (Decreto 7-20) |
Nota: Esta tabla se basa en la evidencia recopilada entre julio de 2021 y noviembre de 2021. No tiene en cuenta los cambios emprendidos por la administración electa en diciembre de 2021. Fuente: Elaboración del autor.
Honduras podría crear una Oficina de Gobierno Abierto específica
Como ya se ha comentado, la agenda de gobierno abierto en Honduras está fuertemente vinculada a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP). A partir de noviembre de 2021, la Secretaría de Transparencia fue el punto de contacto hondureño de la OGP y se encargó de coordinar el proceso de la OGP. La SDT se estableció por primera vez en la Presidencia de la República y adquirió rango ministerial en noviembre de 2020. La SDT se dividió en tres Direcciones y siete Unidades, con las principales responsabilidades en materia de gobierno abierto cubiertas por la Dirección Presidencial de Prevención y Transparencia del Estado y la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas. La actual administración (2022-26) anunció recientemente el organigrama del Gobierno, que a partir de junio de 2022 encomienda a la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción la dirección del gobierno abierto.
El mandato legal de la SDT, establecido mediante el Decreto PCM-111-2020 y modificado por el Decreto PCM-021-2021, no hacía mención explícita al concepto de gobierno abierto, pero sí enumeraba una lista de responsabilidades en relación con los pilares de transparencia, participación, rendición de cuentas y el avance hacia un Estado Abierto (Government of Honduras, 2020[38]), incluyendo:
Asesorar y asistir al Presidente y a su Gabinete en la formulación de políticas de transparencia, lucha contra la corrupción, gobierno digital y modernización del Estado.
Coordinar las entidades implicadas en la implementación de la Política de Estado Abierto a nivel nacional y subnacional.
Diseñar, coordinar e implementar directrices y mecanismos para reforzar la participación ciudadana, la rendición social de cuentas, el acceso a la información, la integridad y la transparencia.
Formular indicadores para medir el nivel de transparencia de todas las instituciones públicas.
Implementar el Índice Nacional de Transparencia y facilitar la coordinación con el mundo académico para la creación del Observatorio Nacional de Transparencia.
Asesorar al Presidente y a su Gabinete en la implementación de mecanismos para fomentar la rendición de cuentas de las instituciones públicas y los funcionarios públicos.
Asesorar al Presidente y a su Gabinete en la implementación de mecanismos para fomentar la participación ciudadana.
Promover la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción.
Implementar y supervisar el Sistema Nacional de Transparencia, como mecanismo para que los ciudadanos presenten denuncias sobre corrupción de las autoridades públicas.
La actual Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción se enmarca en el Decreto PCM 05-2022, que encomienda a esta autoridad la supervisión e implementación de la acción gubernamental en materia de transparencia, lucha contra la corrupción y buen gobierno. Sin embargo, el Decreto PCM 05-2022 no menciona el gobierno abierto o el Estado abierto como parte de sus responsabilidades.
La creación de una entidad específica encargada de la agenda de gobierno abierto es una buena práctica entre los países de la OCDE, y está en consonancia con la Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto. Si Honduras decide perseguir una visión integrada para su agenda de gobierno abierto, el país podría considerar el establecimiento de una Oficina de Gobierno Abierto a cargo de supervisar la implementación de la Política Nacional de Gobierno Abierto para el gobierno central, y apoyar el nivel subnacional y otros poderes del Estado, en coordinación con otras entidades como la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Esta oficina podría tener en cuenta responsabilidades adicionales relevantes como la transformación digital del Estado, la promoción de una cultura de integridad y la lucha contra la corrupción. Honduras podría integrar la Oficina de Gobierno Abierto en una institución ya existente, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, o crear una institución específica, como un Ministerio de Gestión Pública.
Este cambio requeriría una revisión del marco legal. En este sentido, Honduras podría revisar los Decretos existentes PCM-111-2020, PCM-021-2021 y PCM-05-2022, para incluir la creación de la Oficina de Gobierno Abierto en el Decreto de Estado Abierto sugerido o adoptar un Decreto específico. Esto también puede ser una oportunidad para aclarar el mandato de esta Oficina con respecto a otras instituciones de relevancia para la agenda de gobierno abierto, para integrar explícitamente el concepto de gobierno abierto y estado abierto en su mandato legal e incluir la dirección de la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto de Honduras como parte de sus responsabilidades principales.
Además de establecer una Oficina de Gobierno Abierto, Honduras podría considerar la creación de Coordinadores Institucionales de Gobierno/Estado Abierto específicos en todas las instituciones públicas, como medio para fomentar la coordinación y traducir los objetivos de alto nivel en realidades institucionales. Los Coordinadores Institucionales de Gobierno Abierto podrían garantizar que la agenda de gobierno abierto se traduzca en prácticas institucionales, y se coordinarían con la Oficina de Gobierno Abierto y todas las oficinas pertinentes (OIP, TSC, oficinas de auditoría interna, etc.) para garantizar la implementación de la Política Nacional de Gobierno Abierto y Anticorrupción. Honduras podría considerar la posibilidad de basarse en los actuales funcionarios de acceso a la información (OIP) e integrar más responsabilidades como la coordinación de la participación, la rendición social de cuentas y la coordinación con otros poderes y actores.
El mandato de la Oficina de Gobierno Abierto debe evitar solapamientos con otras entidades encargadas de la implementación de las agendas de transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción
La creación de una institución específica en el gobierno central16 para dirigir las agendas de transparencia y lucha contra la corrupción ha demostrado la disposición de Honduras de situar la transparencia y el acceso a la información al frente de las prioridades del gobierno. Sin embargo, la evidencia recopilada por la OCDE durante la misión de investigación sugiere que la desaparecida Secretaría de Transparencia (SDT) creó un malentendido inicial y una duplicación de funciones con respecto a otras autoridades como el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA). Las partes interesadas entrevistadas señalaron una falta de comunicación y coordinación adecuadas para evitar la duplicación y el solapamiento en términos de mandato y recursos entre las autoridades mencionadas. El Decreto PCM-021-2021, que modificó el mandato original de la SDT, reconoció la importancia de la cooperación y la coordinación entre los organismos encargados de las agendas de acceso a la información y transparencia:
Artículo 9 del Decreto PCM-021-2021: "La SDT prestará el apoyo que requieran el IAIP, el TSC o el Ministerio Público para garantizar el debido cumplimiento de las normas regulatorias vigentes en materia de prevención de la corrupción y transparencia". Las disposiciones de este decreto no menoscaban, tergiversan, restringen o contradicen las leyes vigentes, especialmente la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública."
En cuanto a las obligaciones de transparencia, la SDT tenía el mandato de supervisar y garantizar el cumplimiento de la divulgación proactiva de información, como la elaboración de indicadores de transparencia de la administración pública (artículo 7, Decreto PCM-111-2020). Si bien el Decreto destaca la necesidad de coordinar con las entidades públicas relacionadas con el tema, no reconoció el mandato del IAIP de implementar el Sistema Nacional de Acceso a la Información y de garantizar la divulgación de información proactiva. Además, la misión de investigación puso de manifiesto una falta de coordinación entre ambos organismos en cuanto a la planificación e implementación de las medidas de transparencia y responsabilidades mencionadas. Un reto similar existe en relación con el TSC y el CNA, donde el mandato otorgado a la SDT en las áreas de rendición de cuentas y lucha contra la corrupción creó solapamientos y reduce la claridad sobre los actores implicados. Además de un solapamiento jurídico, la creación de una nueva entidad puede mermar el presupuesto y los recursos disponibles para instituciones independientes como el IAIP y el TSC. Este reto fue destacado por actores clave en Honduras como el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) (2020[39]), el CNA (2020[40]) y las organizaciones no gubernamentales, que también lamentaron la falta de coordinación y consulta previas. Honduras tiene la oportunidad de abordar esto como parte de los nuevos acuerdos institucionales, que se detallarán en próximos decretos.
El mandato de la Oficina de Gobierno Abierto sugerida debería evitar solapamientos y duplicaciones con las instituciones públicas existentes que tienen responsabilidades relevantes en el ámbito del gobierno abierto, como el IAIP y el TSC. En cuanto al acceso a la información, la Oficina de Gobierno Abierto podría contribuir a garantizar un apoyo de alto nivel a las políticas de transparencia, respetando al mismo tiempo el mandato del IAIP de implementar la ley ATI. Lo mismo ocurre con el marco legal de rendición de cuentas y lucha contra la corrupción y el papel desempeñado por la sociedad civil en el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), y las responsabilidades de autoridades públicas como el TSC.
Honduras podría considerar adoptar un enfoque colaborativo para diseñar el mandato de la Oficina de Gobierno Abierto, consultando y garantizando el diálogo con autoridades relevantes como el CNA, el TSC, el IAIP y la sociedad civil. Estos esfuerzos podrían fomentar una relación constructiva entre las instituciones y aumentar la comunicación y la coordinación entre todas las instituciones públicas implicadas en la agenda del gobierno abierto.
Honduras podría optimizar sus mecanismos de coordinación para apoyar la coherencia y una implementación más eficiente
El gobierno abierto es transversal por naturaleza. El éxito de iniciativas como las que se centran en aumentar la transparencia o implicar a las partes interesadas en la toma de decisiones a menudo depende, por tanto, de una cooperación y coordinación eficaces (véase en el Capítulo 2 un análisis de la coordinación en el centro de gobierno). En consecuencia, la Disposición 4 de la Recomendación de la OCDE (2017[1]) destaca la importancia de una coordinación horizontal eficaz (entre entidades del mismo nivel de gobierno) y vertical (entre diferentes niveles de gobierno) de las políticas de gobierno abierto "a través de los mecanismos institucionales necesarios (...) para garantizar que se alinean con todos los objetivos socioeconómicos relevantes y contribuyen a ellos".
La coordinación entre los distintos poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno es necesaria para apoyar una transición eficaz hacia un Estado abierto. Aunque está claro que los diferentes poderes del Estado son y deben ser independientes entre sí, en un país con un enfoque de Estado abierto toda la sociedad trabaja conjuntamente para desarrollar un entendimiento común y un compromiso con una mayor apertura (OECD, 2019[41]).
De 2018 a 2022, Honduras había establecido dos mecanismos para coordinar su agenda de transparencia y la Declaración de Estado Abierto. Estos mecanismos incluían a partes interesadas gubernamentales y no gubernamentales:
la Mesa Interagencial de Transparencia y Anticorrupción (MITA) y
el Consejo Nacional de Transparencia y Rendición de Cuentas.
Sin embargo, la evidencia recopilada durante la misión de investigación de la OCDE revela que había solapamientos entre los objetivos y los mandatos de estos organismos, y que sus funciones en la agenda general de gobierno abierto no siempre estaban claras para todas las partes interesadas. Por ejemplo, las partes interesadas entrevistadas expresaron su preocupación por la duplicación entre la MITA y el Consejo Nacional de Transparencia y Rendición de Cuentas creado mediante el Decreto PCM-111-2020. Además de estos organismos, Honduras ha creado otros para coordinar e implementar el proceso de la OGP:
el Consejo Interinstitucional de la Alianza por un Gobierno Abierto de Honduras
el Comité Técnico de Seguimiento de la Alianza de Gobierno Abierto (OGP)
las Mesas de Enlace Técnico
la Mesa Académica de la OGP
el Consejo Juvenil de la OGP.
Como parte de la reestructuración de la arquitectura institucional, Honduras podría establecer un conjunto de mecanismos para mejorar la coordinación, implementación y seguimiento de la agenda de gobierno abierto.
Esta nueva estructura podría incluir:
El Consejo Nacional de Estado Abierto y Prevención de la Corrupción: un organismo de alto nivel para garantizar la coordinación e implementación de la Declaración de Gobierno Abierto y la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto sugerida. Este órgano podría estar integrado por representantes de alto nivel del poder ejecutivo y de los poderes legislativo y judicial, así como de instituciones independientes y del nivel subnacional de gobierno, y podría ser presidido por el Presidente de la República, y su Secretaría coordinada por la sugerida Oficina de Gobierno Abierto.
Foro Multilateral de Gobierno Abierto: organismo técnico encargado de coordinar el proceso de la OGP.
Comisiones Ciudadanas de Estado Abierto: con base en las actuales Comisiones Ciudadanas de Transparencia, estos organismos podrían ampliar el alcance de la rendición social de cuentas y permitir que los ciudadanos y las partes interesadas supervisen y evalúen las políticas más allá de la transparencia, incluido el gobierno abierto y el Estado abierto.
Mejorar la implementación de la agenda de gobierno abierto en Honduras mediante la alfabetización, el seguimiento y la evaluación del gobierno abierto
En los últimos años, Honduras ha comenzado a crear diferentes mecanismos para facilitar la implementación eficaz de su agenda de gobierno abierto. Esto incluye el diseño de actividades de capacitación, herramientas y comunicación. Como se ha discutido a lo largo de este capítulo, una de las debilidades de la agenda de gobierno abierto en Honduras es el nivel de implementación de sus documentos de políticas (es decir, el Plan de Acción de la OGP), del marco legal (es decir, la Ley ATI), de los mecanismos institucionales (es decir, el Foro Nacional de Participación Ciudadana) y de prácticas como los mecanismos de participación (es decir, los laboratorios de innovación ciudadana).
Para mejorar la implementación y aumentar el impacto de las reformas de gobierno abierto, la Recomendación de la OCDE (2017) invita a los adherentes a promover la alfabetización en gobierno abierto (Disposición 3) y fomentar el seguimiento y la evaluación (Disposición 5).
Honduras podría aumentar la alfabetización en gobierno abierto en el sector público y la sociedad en general para facilitar la implementación de iniciativas de gobierno abierto
La OCDE define la alfabetización en gobierno abierto como "la combinación de concienciación, conocimientos y habilidades que los funcionarios públicos y las partes interesadas necesitan para participar con éxito en estrategias e iniciativas de gobierno abierto" (OECD, 2017[1]). Para desarrollar e implementar con éxito iniciativas de gobierno abierto, a cualquier nivel, se necesitan funcionarios públicos capaces. Los funcionarios públicos necesitan recursos y capacitación para trabajar en colaboración con las partes interesadas de la sociedad civil y poder responder a sus necesidades.
Honduras ha implementado algunas iniciativas que van en esta dirección, como el Diplomado Virtual de Gobierno Abierto, cuyo objetivo es capacitar a los actores relevantes en la materia, incluidos los funcionarios públicos y la sociedad civil. Este diplomado ha proporcionado certificación y concienciación en materia de gobierno abierto a más de 50 personas y, junto con las Ferias de Gobierno Abierto, organizadas a nivel subnacional, el gobierno ha dado pasos encaminados a aumentar la alfabetización en materia de gobierno abierto en todo el sector público. Honduras podría considerar ampliar este curso para que sea obligatorio para todos los funcionarios públicos como parte del plan de estudios de la Escuela de Alta Gerencia Pública (EAGP). Esto podría ir acompañado de la organización periódica de Eventos de Gobierno Abierto en todo el país.
La gran mayoría de los países de la OCDE incluyen habilidades específicas relacionadas con el gobierno abierto en los marcos de competencias de los funcionarios públicos. Los marcos de competencias son esenciales para garantizar que los funcionarios públicos tengan las habilidades necesarias para poner en práctica los principios del gobierno abierto. Como muestran los datos de la Encuesta 2020 de la OCDE sobre Gobierno Abierto (OECD, 2021[3]), 20 de los 23 países de la OCDE (87%) aluden a temas centrales de gobierno abierto en estos marcos. En la ley que regula la administración pública, Honduras ha incluido elementos relativos a la transparencia como parte de los principios generales de la administración pública (1986[42]) y en los principios rectores para todos los funcionarios públicos, el estatuto general de la administración pública (1999[43]) y el código de conducta ética (2007[44]). Sin embargo, el marco de competencias carece de elementos relacionados con la interacción con los ciudadanos o con el concepto más amplio de gobierno abierto. Honduras podría considerar la actualización de estos marcos para incluir el gobierno abierto, o la participación ciudadana.
Además, los funcionarios públicos necesitan apoyo práctico para implementar iniciativas de gobierno abierto. La mayoría de los gobiernos de los países miembros de la OCDE han elaborado directrices, conjuntos de herramientas y manuales sobre políticas y prácticas de gobierno abierto (OCDE, de próxima publicación). El IAIP publicó un manual completo para apoyar la adopción e implementación de la ley ATI, pero Honduras podría considerar la posibilidad de elaborar un conjunto de herramientas para funcionarios públicos con orientaciones concretas sobre otros ámbitos del gobierno abierto, como la participación o la rendición social de cuentas. El Conjunto de Herramientas y el Navegador de Casos de la OCDE para el Gobierno Abierto, la Guía de la OCDE sobre Gobierno Abierto para Funcionarios Públicos Peruanos, o las próximas Directrices de Participación Ciudadana de la OCDE podrían servir de inspiración al Gobierno de Honduras.
Además de reforzar la alfabetización de los funcionarios, la Recomendación de la OCDE sobre Gobierno Abierto sugiere comunicar y concienciar sobre el gobierno abierto a los ciudadanos y a la sociedad civil para aumentar el impacto de las distintas iniciativas. Honduras se comunica en las redes sociales sobre el proceso de la OGP, pero el alcance de estos esfuerzos es limitado y el sitio web oficial de la agenda de gobierno abierto ha estado inaccesible desde octubre de 2021.17 Para aumentar esos conocimientos entre la sociedad, el gobierno podría colaborar con organizaciones de la sociedad civil o lanzar campañas de comunicación pública específicas. Por ejemplo, Brasil ha creado un programa de educación cívica dirigido al público joven en colaboración con las OSC y el Ministerio de Educación. La guía "Communicating Open Government: A How-to Guide"18 desarrollada conjuntamente por la OCDE y la OGP ofrece un proceso paso a paso para desarrollar un plan de comunicaciones para una estrategia o iniciativa de gobierno abierto, y podría ser una referencia para el Gobierno de Honduras.
La alfabetización en materia de gobierno abierto de las partes interesadas no gubernamentales, como las organizaciones de la sociedad civil y los periodistas, está estrechamente vinculada a la promoción y protección del espacio cívico. Honduras podría considerar invertir en el desarrollo de capacidades y en campañas de concienciación dirigidas a organizaciones de la sociedad civil, periodistas, organizaciones comunitarias, etc., para garantizar que las prácticas de gobierno abierto se extienden por toda la sociedad.
Fomentar el seguimiento y la evaluación de la agenda de gobierno abierto
Dado su carácter multidimensional y transversal, las iniciativas de gobierno abierto son difíciles de monitorear y evaluar. Los datos recopilados por la OCDE sugieren que, por el momento, pocos países han integrado sistemas de seguimiento y evaluación en sus agendas de gobierno abierto. La mayoría de los países también carecen actualmente de un modelo de madurez para el gobierno abierto que establezca indicadores, objetivos y puntos de referencia claros para las instituciones públicas, que les permitan evaluar su apertura e identificar dónde se sitúan en relación con las buenas prácticas nacionales.
Honduras ha implementado mecanismos de seguimiento para sus Planes de Acción de la OGP a través del Sistema Integrado de Monitoreo Alianza Gobierno Abierto Honduras (SIMAGAH). Además, la Declaración de Estado Abierto ordena la creación del Índice de Estado Abierto y la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción y cita como hito la creación de un Índice de Participación Ciudadana. Sin embargo, en noviembre de 2021 no se había desarrollado ninguno de estos conjuntos de indicadores.
Si Honduras decide adoptar la recomendación de diseñar una Política Nacional de Gobierno Abierto y los subsiguientes Planes Institucionales de Gobierno Abierto, su implementación necesita ser sistemáticamente monitoreada y, eventualmente, evaluada. Esta podría ser una oportunidad para que Honduras desarrolle un conjunto único de indicadores para medir la implementación de la agenda de gobierno abierto en todo el Estado, integrando el Índice de Participación Ciudadana y el Índice de Transparencia en un Índice de Estado Abierto.
Conclusión
En Honduras, la agenda de gobierno abierto está anclada en el proceso de la OGP y en los cuatro planes de acción consecutivos adoptados por el gobierno. Los principios del gobierno abierto se han incluido en otros documentos de políticas y legislaciones, así como en la Declaración de Estado Abierto adoptada en 2018 como muestra de un compromiso de alto nivel con esta agenda. Sin embargo, Honduras se enfrenta a varios retos para que el gobierno abierto desarrolle todo su potencial.
Honduras podría beneficiarse de reforzar su agenda de transparencia, aumentar la ambición de sus elementos participativos y llevar a la práctica el objetivo de la Declaración de Gobierno Abierto. Además, Honduras debería abordar la salud de su espacio cívico para garantizar que los ciudadanos y las OSC puedan construir una relación con las autoridades públicas basada en la confianza. En particular, Honduras debe tratar de reducir la violencia contra las mujeres y las minorías, proteger a periodistas y activistas y mejorar el entorno propicio para el funcionamiento de las OSC. Además, Honduras se enfrenta a un nivel insuficiente de implementación de sus obligaciones legales, objetivos políticos y compromisos de alto nivel. La arquitectura institucional de apoyo a la agenda de gobierno abierto ya se ha puesto en marcha; sin embargo, la evidencia apunta a que los solapamientos entre instituciones y mecanismos de coordinación están creando confusión e impidiendo una implementación eficaz. Honduras podría aumentar la ambición y reforzar la implementación de su agenda de gobierno abierto, para garantizar que cumple la promesa de un gobierno más transparente, responsable de la rendición de cuentas y participativo, y contribuye a objetivos de alto nivel como la lucha contra la corrupción.
Recomendaciones
Desarrollar una comprensión común y optimizada del gobierno abierto y sus principios
Adoptar una definición oficial de gobierno abierto para establecer un entendimiento común del término, que vaya más allá del proceso de la OGP, y que sea aceptada por todo el sector público y las partes interesadas externas por igual. Esta definición, que podría elaborarse conjuntamente con todas las partes interesadas dentro y fuera del gobierno, podría servir de marco para la transparencia, la rendición de cuentas, la integridad y la participación.
Incluir la protección y promoción del espacio cívico en la comprensión conceptual de la definición de gobierno abierto y como condición previa para un estado abierto.
Utilizar la nueva definición para crear sinergias entre la agenda del gobierno abierto y otras prioridades gubernamentales, como la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento de la democracia. Esto podría hacerse desarrollando una teoría del cambio, en la que la implementación de los principios del gobierno abierto (es decir, la transparencia en el gasto público y los servicios públicos orientados al ciudadano) contribuya a alcanzar objetivos de políticas más amplios y fomente la democracia participativa.
Reforzar el marco jurídico del gobierno abierto y sus principios
Proporcionar una base jurídica a las agendas de estado abierto y gobierno abierto, por ejemplo, mediante la promulgación de un Decreto de Estado Abierto. El Decreto podría incluir los siguientes elementos basados en las recomendaciones de este capítulo:
introducción de una nueva definición de gobierno abierto
traducción de los compromisos de alto nivel incluidos en la Declaración sobre el Estado Abierto en obligaciones jurídicas
adopción de la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto y de los Planes Institucionales de Gobierno Abierto
creación de la Oficina de Gobierno Abierto del país, y coordinación con organismos existentes como el IAIP
creación de Coordinadores de Gobierno Abierto como puntos de contacto institucionales y coordinadores de los Planes Institucionales de Gobierno Abierto
lista de todas las instituciones con mandatos relevantes para la agenda de gobierno abierto, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD) en términos de participación ciudadana y espacio cívico
creación del Consejo Nacional de Estado Abierto y Prevención de la Corrupción: un organismo de alto nivel para garantizar la coordinación y la implementación de la Declaración de Gobierno Abierto y la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto sugerida
adopción del Foro Multilateral Nacional de Gobierno Abierto, incluyendo los cambios necesarios para articular los organismos que coordinan el proceso de la OGP
creación del Foro Nacional de Participación Ciudadana, como entidad encargada de supervisar la agenda de participación ciudadana
creación de las Comisiones Ciudadanas de Estado Abierto, con base en las Comisiones Ciudadanas de Transparencia ya existentes, como mecanismo ciudadano para monitorear la implementación de la agenda de gobierno abierto
A largo plazo, considerar la posibilidad de consagrar el derecho a la información en la Constitución para proporcionar el necesario reconocimiento de alto nivel del acceso a la información como derecho humano fundamental.
Enriquecer el marco jurídico para la participación de los ciudadanos y las partes interesadas con oportunidades más atractivas e impactantes para que los ciudadanos influyan, configuren y supervisen las políticas y los servicios públicos, como los presupuestos participativos, las consultas ciudadanas o el control cívico.
Mejorar la implementación del proceso OGP
Trabajar para aumentar la implementación de los compromisos incluidos en los planes de acción de la Alianza para el Gobierno Abierto, proporcionando los recursos adecuados, tanto humanos como financieros.
Seguir la diversificación de los actores implicados en el diseño de estos planes de acción, ampliando más allá del poder ejecutivo y aumentando el número de partes interesadas de la sociedad civil en todo el proceso de diseño.
Aumentar el impacto de la agenda de gobierno abierto y sus principios
Aumentar las capacidades de aplicación del IAIP garantizando un nivel adecuado de recursos humanos y financieros, incluidas las obligaciones de promoción y supervisión de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Aumentar la calidad de la información publicada por todas las autoridades públicas, garantizando que sea completa, oportuna, fidedigna, pertinente y fácil de encontrar, comprender, utilizar y reutilizar por las partes interesadas. Con este fin, el gobierno podría considerar la realización de consultas con las partes interesadas para priorizar qué información es más útil y dónde y cómo podría divulgarse de forma proactiva.
Hacer uso de mecanismos multicanal digitales y no digitales, como radios comunitarias, televisión, medios sociales, sitios web gubernamentales y periódicos, para concienciar sobre el derecho al acceso a la información y fomentar medidas de divulgación tanto proactivas como reactivas para contrarrestar la brecha digital existente y garantizar un acceso inclusivo y equitativo a la información.
Garantizar la implementación eficaz del marco jurídico para la participación ciudadana a nivel nacional y subnacional, por ejemplo, a través del Foro Nacional de Participación Ciudadana.
Avanzar hacia una agenda integrada de gobierno abierto y un entorno político coherente para transformar los objetivos de alto nivel en iniciativas mensurables
Adoptar la primera Estrategia Nacional de Gobierno Abierto en Honduras.
Aprovechar esta política para promover los principios del gobierno abierto (es decir, transparencia, rendición de cuentas, integridad y participación) como forma de hacer operativo otro de los principales objetivos políticos de Honduras, que es reducir y prevenir la corrupción en el sector público.
Aprovechar la próxima actualización de los principales documentos de política estratégica de Honduras (es decir, el Plan de Nación y el Plan Estratégico de Gobierno) para incluir vínculos más ambiciosos con las agendas de gobierno abierto y estado abierto.
Incluir hitos de gobierno abierto en los próximos instrumentos de planificación, como los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y el Plan Operativo Anual (POA).
Construir una arquitectura institucional que garantice la implementación, coordinación y colaboración de políticas y prácticas de gobierno abierto
Aclarar las responsabilidades institucionales y el liderazgo en los ámbitos de la transparencia, la integridad, la rendición de cuentas y la participación. Para conseguirlo, hay que considerar la posibilidad de crear una Oficina de Gobierno Abierto encargada de coordinar el proceso de la OGP, implementar la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto para el gobierno central y coordinar la Declaración de Estado Abierto. Esta Oficina podría formar parte de una institución ya existente, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, o de una institución específica, como un Ministerio de Gestión Pública.
Considerar la creación del Consejo Nacional de Estado Abierto, como organismo de alto nivel que garantice la coordinación e implementación de la Declaración de Estado Abierto y lidere los esfuerzos gubernamentales en materia de gobierno abierto y sus principios.
Aclarar el mandato de los diferentes organismos que coordinan el proceso de la OGP y fusionarlos en un Foro Multilateral de Gobierno Abierto con una Secretaría técnica albergada por la Oficina de Gobierno Abierto sugerida y con grupos de trabajo sectoriales que incluyan un Grupo de Trabajo sobre Juventud y un Grupo de Trabajo sobre Academia.
Crear Coordinadores Institucionales de Gobierno/Estado Abierto en todas las instituciones públicas, para fomentar la coordinación y traducir los objetivos de alto nivel en realidades institucionales. Considerar la posibilidad de basarse en los actuales funcionarios de acceso a la información (OIP) y Mesas Técnicas de Enlace, e integrar más responsabilidades, como la coordinación de la participación, la rendición de cuentas y la articulación con otras ramas y actores.
Aumentar los conocimientos sobre gobierno abierto en todo el sector público para facilitar su implementación y un cambio cultural
Crear un curso obligatorio sobre gobierno abierto para todos los servidores públicos como parte del plan de estudios de la Escuela Nacional de Alta Dirección, tomando como base el curso virtual de Gobierno Abierto ya existente. Este curso debería reflejar la definición de gobierno abierto acuñada por Honduras.
Desarrollar un conjunto de herramientas para funcionarios públicos con orientaciones concretas y apoyo para poner en marcha iniciativas de gobierno abierto. El Conjunto de Herramientas y el Navegador de Casos de la OCDE para el Gobierno Abierto, la Guía de la OCDE sobre Gobierno Abierto para Funcionarios Públicos Peruanos o las Directrices de la OCDE para Procesos de Participación Ciudadana podrían servir como modelos para el Gobierno de Honduras.
Organizar actividades de capacitación y publicar orientaciones, como conjuntos de herramientas o manuales sobre gobierno abierto, dirigidas a organizaciones de la sociedad civil, periodistas, organizaciones comunitarias, etc., para fomentar la capacidad y la concienciación, así como garantizar que las prácticas de gobierno abierto se extienden por toda la sociedad.
Fomentar el seguimiento y la evaluación de la agenda de gobierno abierto
Apoyar el seguimiento y la evaluación de la Política Nacional de Gobierno Abierto sugerida y de los Planes Institucionales de Gobierno Abierto, mediante la inclusión de hitos mensurables e indicadores para realizar un seguimiento de los avances.
Seguir desarrollando métricas e indicadores combinando los Índices de Estado Abierto, de Participación Ciudadana y de Transparencia.
Fomentar el seguimiento ciudadano de la agenda de gobierno abierto trabajando con las autoridades subnacionales para empoderar a las Comisiones Ciudadanas de Estado Abierto sugeridas con un mandato y recursos para supervisar la implementación de la Declaración de Estado Abierto, la Política Nacional de Gobierno Abierto y los Planes Institucionales de Gobierno Abierto.
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Annex 5.A. El enfoque de la OCDE sobre el gobierno abierto
¿Qué es el gobierno abierto? El enfoque de la OCDE sobre el gobierno abierto
La OCDE y sus miembros llevan más de 20 años al frente del movimiento mundial por un gobierno abierto. La Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto adoptada en 2017 (en adelante, “la Recomendación”) es el primer y único instrumento jurídico internacional en este ámbito. Es el resultado de años de colaboración internacional e intercambio de experiencias, investigación y obtención de datos, y análisis de las políticas nacionales. La Recomendación define el gobierno abierto como: “una cultura de gobernanza que promueve los principios de transparencia, integridad, rendición de cuentas y participación de las partes interesadas en apoyo de la democracia y el crecimiento inclusivo” (OCDE, 2017[1]).
Recuadro del anexo 5.A.1. Las diez disposiciones de la Recomendación del Consejo de la OCDE de Gobierno Abierto (2017)
1. Adoptar medidas, en todos los poderes y a todos los niveles de gobierno, para desarrollar e implementar estrategias e iniciativas de gobierno abierto en colaboración con las partes interesadas y fomentar el compromiso de políticos, parlamentarios, altos cargos de la administración pública y funcionarios, a fin de garantizar el éxito de la implementación y evitar o superar los obstáculos relacionados con la resistencia al cambio.
2. Garantizar la existencia e implementación del marco legal y reglamentario necesario en materia de gobierno abierto, incluso mediante el suministro de documentos de apoyo como directrices y manuales, al tiempo que se establecen mecanismos de supervisión adecuados para garantizar su cumplimiento.
3. Garantizar el éxito de la puesta en práctica y el inicio de las estrategias e iniciativas de gobierno abierto:
4. proporcionar a los funcionarios del mandato lo necesario para diseñar e implementar estrategias e iniciativas de gobierno abierto eficaces, así como los recursos humanos, financieros y técnicos adecuados, promoviendo al mismo tiempo una cultura organizativa de apoyo;
5. promover la alfabetización en materia de gobierno abierto en la administración, en todos los niveles de gobierno y entre las partes interesadas.
6. Coordinar, a través de los mecanismos institucionales necesarios, las estrategias e iniciativas de gobierno abierto (horizontal y verticalmente) en todos los niveles de gobierno, para garantizar que se ajustan y contribuyen a todos los objetivos socioeconómicos pertinentes.
7. Desarrollar e implementar mecanismos de seguimiento, evaluación y aprendizaje para las estrategias e iniciativas de gobierno abierto:
identificar a los agentes institucionales que se encargarán de obtener y difundir información y datos actualizados y fidedignos en un formato abierto;
desarrollar indicadores comparables para medir procesos, productos, resultados e impacto en colaboración con las partes interesadas;
fomentar una cultura de seguimiento, evaluación y aprendizaje entre los funcionarios, aumentando su capacidad para realizar periódicamente ejercicios con estos fines en colaboración con las partes interesadas pertinentes.
8. Comunicar activamente las estrategias e iniciativas de gobierno abierto, así como sus productos, resultados e impactos, con el fin de garantizar que sean bien conocidas dentro y fuera del gobierno, favorecer su aceptación y estimular la participación de las partes interesadas.
9. Poner a disposición de forma proactiva datos e información del sector público claros, completos, oportunos, fidedignos y pertinentes que sean gratuitos, estén disponibles en un formato abierto y no propietario legible por máquina, y sean fáciles de encontrar, comprender, utilizar y reutilizar, asimismo, que se difundan a través de un enfoque multicanal, que se priorizará en consulta con las partes interesadas.
10. Conceder a todas las partes interesadas oportunidades iguales y justas de ser informadas y consultadas, asimismo, involucrarlas activamente en todas las fases del ciclo político y del diseño y prestación de servicios. Esto debe hacerse con tiempo suficiente y a un costo mínimo, evitando al mismo tiempo el duplicado para minimizar la fatiga de la consulta. Además, deben dedicarse esfuerzos específicos para llegar a los grupos más relevantes, vulnerables, subrepresentados o marginados de la sociedad, evitando al mismo tiempo la influencia indebida y la captura política.
11. Promover formas innovadoras de colaborar eficazmente con las partes interesadas para generar ideas y crear conjuntamente soluciones, así como para aprovechar las oportunidades que brindan las herramientas de gobierno digital, incluido el uso de datos de gobierno abierto, para apoyar la consecución de los objetivos de las estrategias e iniciativas de gobierno abierto.
12. Al tiempo que se reconocen las funciones, prerrogativas e independencia general de todas las partes implicadas y de acuerdo con sus marcos jurídicos e institucionales existentes, explorar las posibilidades de pasar del concepto de gobierno abierto al de estado abierto.
Fuente: OECD (2017), Recommendation of the Council on Open Government, OECD Publishing, Paris, https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD-LEGAL-0438 (consultado el 2 de noviembre de 2022).
La definición de la OCDE hace referencia a los cuatro principios del gobierno abierto, que pueden definirse del siguiente modo:
La transparencia se refiere al acceso de las partes interesadas a la información y los datos públicos, que pueden divulgarse tanto de forma proactiva como reactiva, así como a la apertura a lo largo de todo el proceso público de toma de decisiones (OECD, n.d.[45]).
La integridad pública se refiere a la coherencia y la adhesión a valores, principios y normas éticas compartidas para defender y dar prioridad al interés público sobre los intereses privados (OECD, 2017[37]).
La rendición de cuentas es una relación que hace referencia a la responsabilidad y el deber del gobierno, las entidades públicas, los funcionarios públicos y los responsables de la toma de decisiones de proporcionar información transparente sobre sus acciones, actividades y desempeño, así como ser responsables de ellos. También incluye el derecho y la responsabilidad de los ciudadanos y las partes interesadas de acceder a esta información y tener la capacidad de cuestionar al gobierno y beneficiar/sancionar el desempeño a través de canales electorales, institucionales, administrativos y sociales (OECD, n.d.[45]).
La participación ciudadana y de las partes interesadas incluye todas las formas en que las partes interesadas19 pueden participar en el ciclo de las políticas públicas, o en el diseño y la prestación de servicios. La participación puede llevarse a cabo mediante mecanismos de información, consulta y compromiso (OECD, 2017[1]).
En la práctica, los cuatro principios están estrechamente interrelacionados (OECD, 2020[17]). Todas ellas contribuyen a que los gobiernos sean más abiertos y a que los ciudadanos estén en el centro de la decisión y la acción públicas. Para lograrlo, los principios de un gobierno abierto deben implementarse de forma interconectada.
Hacia un estado abierto
El movimiento mundial de gobierno abierto se ha centrado durante muchos años en las reformas desarrolladas y ejecutadas por los gobiernos centrales/federales. Sin embargo, un número cada vez mayor de países está empezando a reconocer que las reformas de gobierno abierto no deben ser implementadas por el nivel central/federal de gobierno de forma aislada. Los ciudadanos esperan el mismo nivel de transparencia, rendición de cuentas y participación de todos los poderes del Estado y de todos los niveles de gobierno (OECD, 2020[17]).
En consecuencia, cada vez más países están tomando medidas para pasar del concepto de gobierno abierto al de Estado abierto. La Recomendación también incluye la primera definición internacional de Estado abierto:
Cuando el ejecutivo, el legislativo, el judicial, las instituciones públicas independientes y todos los niveles de gobierno (reconociendo sus respectivas funciones, prerrogativas e independencia general de acuerdo con sus marcos jurídicos e institucionales existentes) colaboran, aprovechan las sinergias y comparten buenas prácticas y lecciones aprendidas entre sí y con otras partes interesadas para promover la transparencia, la integridad, la rendición de cuentas y la participación de las partes interesadas, en apoyo de la democracia y el crecimiento inclusivo. (OCDE, 2017[1])
Recuadro del anexo 5.A.2. El enfoque de la OCDE sobre la integridad pública
Los conceptos de gobierno abierto e integridad del sector público están estrechamente relacionados. En consecuencia, la integridad es uno de los principios fundamentales que se incluyen en la definición de gobierno abierto de la OCDE. La Recomendación de la OCDE sobre Integridad Pública hace hincapié en que “mejorar la integridad pública es una misión compartida y una responsabilidad de todos los niveles de gobierno a través de sus diferentes mandatos y niveles de autonomía en consonancia con los marcos jurídicos e institucionales nacionales... para fomentar la confianza pública”; asimismo, promueve un enfoque de gobierno integral hacia la integridad pública, que incluye el nivel nacional y subnacional. Proporciona a los gobiernos nacionales y subnacionales una visión para una estrategia de integridad pública, basada en un enfoque dependiente del contexto, conductual y basado en el riesgo, con énfasis en el cultivo de una cultura de integridad.
Los trece principios de la Recomendación de la OCDE sobre Integridad Pública se organizan en torno a tres pilares:
1. Un sistema de integridad coherente y exhaustivo: para establecer un sistema de integridad exhaustivo es fundamental promover el compromiso político y de la alta dirección con la integridad, promover las responsabilidades institucionales claras en todo el sector público, incluidos los mecanismos de cooperación horizontal y vertical; promover un enfoque estratégico basado en evidencia para mitigar los riesgos para la integridad pública, especialmente la corrupción; y promover las normas de conducta estrictas que den prioridad al interés público y a la adhesión a los valores del sector público.
2. Una cultura de integridad pública: los gobiernos podrían tratar de implicar al sector privado, a la sociedad civil y a los individuos para promover una cultura de integridad en toda la sociedad. Esto podría implicar invertir en el liderazgo de la integridad; promover un sector público basado en el mérito, profesional y dedicado a los valores del servicio público y la buena gobernanza; y apoyar una cultura organizativa abierta que responda a los problemas de integridad, en la que los empleados se sientan seguros para hablar y exista un sistema eficaz de protección de los denunciantes, con especial atención a garantizar la existencia de normas regulatorias, procedimientos y canales claros para denunciar presuntas violaciones de la integridad.
3. Rendición de cuentas eficaz: para permitir una rendición de cuentas eficaz, es clave aplicar un marco de control interno y gestión de riesgos; garantizar que existan mecanismos de aplicación para dar una respuesta adecuada a las presuntas violaciones de las normas de integridad; reforzar la función de la supervisión y el control externos, por ejemplo a través de organismos de supervisión independientes, agencias de aplicación regulatoria y/o tribunales administrativos; y fomentar la transparencia y la participación de las partes interesadas en todas las etapas del proceso político y del ciclo político, incluso evitando la captura de políticas mediante la gestión de situaciones de conflicto de intereses, e inculcando la transparencia en las actividades de los grupos de presión y la financiación de los partidos políticos y las campañas electorales.
Para aclarar lo que significan en la práctica los trece principios de la Recomendación e identificar los retos que plantea su implementación, la OCDE ha publicado el Manual de Integridad Pública de la OCDE.
Fuente: OECD (2017), OECD Recommendation of the Council on Public Integrity, https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD-LEGAL-0435 (consultado el 2 de noviembre de 2022); OECD (2020), OECD Public Integrity Handbook, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/ac8ed8e8-en.
Cuadro del anexo 5.A.1. Descripción general de los principales mecanismos de coordinación y colaboración existentes en materia de gobierno abierto en Honduras
Mecanismo de coordinación |
Mandato |
Miembros |
---|---|---|
Consejo Interinstitucional de la Alianza por un Gobierno Abierto (OGP) de Honduras (Foro Multilateral de Honduras) |
Organismo permanente de diálogo entre el sector público, la sociedad civil, el sector privado y el mundo académico, para la gestión eficaz del proceso de formulación, implementación y seguimiento de los planes de acción y compromisos de la OGP en relación con los principios de transparencia, participación ciudadana, rendición de cuentas e innovación y tecnología. |
Sector público
Sociedad civil
Academia
Sector privado
|
Comité Técnico de Seguimiento de la Alianza de Gobierno Abierto (OGP) |
Organismo técnico que trabaja como Secretaría del Consejo Interinstitucional de la Alianza por un Gobierno Abierto (OGP) |
Sector público
Sociedad civil
Academia
Sector privado
|
Secretaría Técnica de la OGP |
Secretaría del proceso de la OGP |
Sector público
|
Mesas de Enlaces Técnicos |
Coordinar y supervisar la implementación de los compromisos de la OGP por institución |
|
Consejo Nacional de Transparencia y Rendición de Cuentas |
Coordinar a las autoridades nacionales, así como a las entidades subnacionales y a las partes interesadas no gubernamentales para implementar la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción. |
N/A |
Mesa Interagencial de Transparencia y Anticorrupción (MITA) |
Implementación de la Política Nacional de Transparencia, Integridad y Prevención de la Corrupción y de la Declaración de Estado Abierto. |
|
Mesa Académica del AGAH |
Promover el diálogo y la representación del sector académico |
12 universidades |
Consejo Juvenil de la Alianza de Gobierno Abierto |
Promover el diálogo y la representación de los jóvenes |
Jóvenes representantes del mundo académico y de la sociedad civil |
Foro Nacional de Participación Ciudadana |
Promover y supervisar los mecanismos de participación ciudadana a nivel nacional (esta instancia está contemplada en la Ley de Participación Ciudadana de 2006, pero nunca se implementó) |
N/A |
Comisiones Ciudadanas de Transparencia |
Controlar los recursos y las acciones públicas a nivel subnacional, a través de la rendición de cuentas social y los mecanismos participativos |
Organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos a nivel subnacional |
Fuente: Elaboración del autor con base en las respuestas de Honduras al Cuestionario de la OCDE sobre Prácticas de Gobierno Abierto.
Notas
← 1. El sitio web institucional de la agenda de gobierno abierto y el proceso de la OGP en Honduras no fue accesible durante el proceso de redacción (noviembre de 2021 - enero de 2022).
← 2. La Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia no forma parte del organigrama gubernamental a partir de febrero de 2022.
← 3. El artículo 3(9), de la Directiva 2015/849 de la Unión Europea define a una PEP como: "una persona expuesta a riesgos particulares debido a las funciones políticas, jurisdiccionales o administrativas que desempeña o ha desempeñado o a las que desempeñan o han desempeñado los miembros de su familia inmediata o las personas que se sabe están estrechamente vinculadas a ella o que pasan a estar estrechamente vinculadas durante la relación de negocios". En Honduras, esta categoría legal se define en la Ley como individuos que desempeñan una función pública, o que a través de negocios o conexiones personales pueden influir en las decisiones públicas.
← 4. CIVICUS, analista líder sobre el estado del espacio cívico a nivel mundial, considera que el espacio cívico está "Reprimido" en Honduras a 2021, https://monitor.civicus.org/country/honduras/ (consultado el 31 de octubre de 2022).
← 5. La información publicada proactivamente se refiere a la información que debe divulgarse públicamente sin una solicitud previa de publi
← 6. https://portalunico.iaip.gob.hn/(consultado el 1 de noviembre de 2022)
← 7. https://portalunico.iaip.gob.hn/datosabierto/ (consultado el 1 de noviembre de 2022).
← 8. https://sielho.iaip.gob.hn/inicio/ (consultado el 1 de noviembre de 2022).
← 9. La OCDE entiende la consulta como un nivel más avanzado de participación que implica una relación bidireccional en la que el público proporciona retroalimentación al gobierno y viceversa (comentarios, percepciones, información, consejos, experiencias e ideas). Se basa en la definición previa de la cuestión sobre la que se recaban opiniones y requiere el suministro de información pertinente, además de retroalimentación sobre los resultados del proceso. En la mayoría de los casos, no hay obligación de tener en cuenta las opiniones del público a la hora de modificar planes, tomar decisiones o establecer orientaciones. En la mayoría de las reuniones de consulta, los responsables de la toma de decisiones se comprometen únicamente a recibir el testimonio de los participantes y a tener en cuenta sus opiniones en sus propias deliberaciones.
← 10. La OCDE define un proceso deliberativo representativo como "cuando ciudadanos seleccionados al azar, que constituyen un microcosmos de una comunidad, dedican un tiempo significativo a aprender y colaborar mediante una deliberación facilitada para desarrollar recomendaciones colectivas informadas para las autoridades públicas"
← 11. Desde febrero de 2022, el nuevo Gobierno ha sustituido la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia (SDT) por un Ministro asesor en materia de Transparencia y Combate a la Corrupción.
← 12. Este Foro no está activo desde noviembre de 2021.
← 13. El gobierno ha publicado recientemente el Decreto PCM-05-2022, por el que se crea la Escuela de Buen Gobierno
← 14. Las prioridades reflejadas en los planes de acción de la OGP se han elaborado conjuntamente con las partes interesadas no gubernamentales, incluidos los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil.
← 15. Para más información sobre el Plan Nacional de Desarrollo de Colombia como vehículo para fomentar un gobierno abierto, véase OCDE (2021), Guía de la OCDE para diseñar e implementar estrategias territoriales de gobierno abierto en Colombia, https://www.oecd.org/gov/open-government/guia-ocde-para-disenar-e-implementar-estrategias-territoriales-de-gobierno-abierto-en-colombia.htm (consultado el 1 de noviembre de 2022).
← 16. Esta institución fue la Secretaría de Transparencia (2018-22) y actualmente la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.
← 17. gobiernoabiertohonduras.org
← 18. https://www.oecd.org/gov/Open-Government-Guide.pdf (consultado el 2 de noviembre de 2022).
← 19. La Recomendación sobre Gobierno Abierto define a las “partes interesadas” como “cualquier parte interesada y/o afectada, incluidos: individuos, independientemente de su edad, género, orientación sexual, afiliación religiosa y política; e instituciones y organizaciones, gubernamentales o no gubernamentales, de la sociedad civil, del mundo académico, de los medios de comunicación o del sector privado”