Si bien la prevención de la deforestación debería ser prioritaria, puede haber casos en los que una empresa, mediante el ejercicio de la debida diligencia u otros medios, haya identificado casos reales de deforestación pero no los haya evitado o mitigado por completo. En tal caso, la empresa debería identificar el motivo y tomar medidas correctivas en relación con cualquier impacto negativo que se haya producido.
La empresa debería determinar por qué sus procedimientos de debida diligencia no lograron prevenir o mitigar los impactos negativos y tomar medidas correctivas para garantizar que el problema no se repita. El diálogo con las partes interesadas locales, incluidas las comunidades locales y los pueblos indígenas, la sociedad civil y el gobierno, será esencial para establecer mecanismos adecuados.
Cuando una empresa identifique que ha causado o contribuido a causar impactos negativos reales, puede adoptar una serie de medidas:
Cuando sea posible, la empresa debería intentar que la persona o personas afectadas vuelvan a una situación similar a la que existiría si no se hubiera producido el impacto negativo. Esto puede incluir, cuando sea posible, la restitución de las tierras a los pueblos indígenas desposeídos o a las comunidades locales.
Cuando sea posible, la empresa debería tratar de restaurar el entorno afectado al estado en que se encontraría si no se hubiera producido el impacto negativo, por ejemplo, mediante la restauración de bosques degradados o tierras deforestadas, y garantizando el mantenimiento a largo plazo de la zona restaurada.
Cuando esto no sea posible (en muchos casos de deforestación puede no serlo), la empresa puede (1) proporcionar niveles apropiados de compensación en una forma acordada mutuamente por las comunidades afectadas (esto puede no ser siempre monetario; una comunidad podría considerar más apropiado el apoyo a la educación o a los servicios médicos, por ejemplo); y/o (2) proporcionar una compensación apropiada por los impactos ambientales, en particular las emisiones de gases de efecto invernadero y la pérdida de biodiversidad.
Cuando proceda, la empresa puede prever o cooperar con mecanismos de reparación legítimos a través de los cuales las partes interesadas afectadas y los titulares de derechos puedan presentar reclamaciones y tratar de resolverlas con la empresa (véase también la sección sobre mecanismos de reclamación en el Paso 1 de la Guía OCDE-FAO).