1. La expansión mundial del impuesto sobre el valor agregado («IVA»)1 ha ido en paralelo al rápido crecimiento del comercio internacional de bienes y servicios en una economía cada vez más globalizada. Una de las consecuencias de tal situación ha sido una mayor interacción entre los diferentes regímenes de IVA y un aumento de los riesgos de doble imposición y de no imposición involuntaria, en ausencia de una coordinación internacional en relación con este impuesto.
2. En general, los principios básicos del IVA son los mismos en las distintas jurisdicciones, en tanto que su objetivo es gravar el consumo final en la jurisdicción en la que se produce, con arreglo al principio de destino. No obstante, desde finales de la década de los noventa, las autoridades tributarias y el sector empresarial vienen reconociendo la necesidad de una mayor coherencia de las normas sobre IVA para no poner impedimentos al comercio internacional. También han identificado la necesidad de un planteamiento cooperativo para resolver problemas comunes.
3. El primer resultado tangible del trabajo llevado a cabo por la OCDE en este ámbito llegó con la Conferencia de Ottawa de 1998 sobre comercio electrónico, en la que se aprobó el Marco de Condiciones Tributarias de Ottawa. Tomando como base este trabajo, el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE («CAF») adoptó las Guidelines on Consumption Taxation of Cross-Border Services and Intangible Property in the Context of E-commerce (2003), formuladas en el marco de la Consumption Tax Guidance Series (2003).
4. En un contexto caracterizado por un fuerte crecimiento del comercio internacional de servicios, cada vez resultaba más evidente que las cuestiones de índole tributaria a las que debía prestarse atención no se circunscribían exclusivamente al ámbito del comercio electrónico, pues el IVA podía distorsionar también el comercio transfronterizo de servicios e intangibles, creando obstáculos para la actividad empresarial, afectando el crecimiento económico e introduciendo distorsiones competitivas. Reconociendo que sería positivo para las jurisdicciones contar con principios que velasen por una interacción consistente entre los diferentes sistemas de IVA, de modo que facilitasen el comercio internacional en lugar de distorsionarlo, la OCDE puso en marcha un proyecto para la elaboración de Directrices Internacionales sobre IVA («las Directrices»).