Las estructuras de gobernanza y las políticas de recursos humanos para la promoción del cumplimiento de las regulaciones, deben basarse en la transparencia, el profesionalismo y la gestión por resultados. La promoción el cumplimiento de las normas, debe estar libre de toda influencia política y los esfuerzos para la promoción del cumplimiento deben ser recompensados.
Guía de la OCDE para el cumplimiento regulatorio y las inspecciones
Criterio 7. Gobernanza transparente
Preguntas clave:
¿El nombramiento de los directivos de las instituciones encargadas de las inspecciones y de hacer cumplir las normas se hace de manera transparente, basado la competencia profesional, minimizando la interferencia política?
¿Las decisiones clave, los cambios en los procesos, procedimientos y estructuras requieren decisiones colegiadas y/o escrutinio externo, evitando el exceso de inestabilidad y de poder directivo discrecional?
¿Los grupos de interés son consultados y están representados en los esquemas de gobernanza de las instituciones encargadas de las inspecciones y de promoción del cumplimiento – en especial las más estratégicas?
¿Las organizaciones encargadas de las inspecciones y de promoción del cumplimiento cuentan con misiones, atribuciones, procedimientos y mecanismos de financiamiento que excluyen los conflictos de interés y metas en conflicto?
¿Las decisiones que se toman en todos los niveles se basan en criterios y procesos transparentes, generando consistencia en las decisiones sobre cumplimiento de las normas y rendición de cuentas institucional?
¿Las decisiones estratégicas y cambios requieren aprobación política (legislativa, ejecutiva) mientras que las decisiones operativas se toman de manera independiente y protegidas de interferencias políticas?
Subcriterio 7.1. El nombramiento de los directivos de las instituciones encargadas de las inspecciones y de hacer cumplir las normas se hace de manera transparente, con base en la competencia profesional, minimizando la interferencia política
Los altos ejecutivos y otros directivos de alto rango a cargo de las estructuras de inspecciones y de la promoción del cumplimiento deben ser seleccionados por su competencia profesional, específicamente su capacidad gerencial (y no sólo, o principalmente, como especialistas técnicos en sus respectivas áreas de trabajo). La selección de funcionarios basada en contactos políticos, amiguismo u otros medios similares, debe ser excluida en la medida de lo posible. Para lograr esto, los procesos de selección y de nombramiento deben ser transparentes, con criterios claros, publicitados, a cargo de un comité de selección equilibrado (y no nombramientos a cargo de un solo funcionario sin escrutinio, como comúnmente es el caso). Se debe tomar toda precaución posible para minimizar la interferencia política.
Evidencia: Políticas y procedimientos para contratación de funcionarios de alto rango
Subcriterio 7.2. Las decisiones clave y los cambios en los procesos, procedimientos y organizaciones requieren decisiones colegiadas y/o escrutinio externo, evitando el exceso de inestabilidad y de poder directivo discrecional
Incluso con el mejor proceso de selección de los directivos, asegurar la continuidad de las prácticas institucionales, el profesionalismo, enfoque estratégico requiere que los funcionarios de alto rango tengan sólo atribuciones limitadas para imponer cambios unilaterales en las políticas de inspección y promoción del cumplimiento. Los cambios significativos, por ejemplo, en la estructura interna, metas estratégicas, indicadores, gestión de riesgo y estrategias de cumplimiento, etc. deben requerir de decisiones tomadas por órgano colegiado – de preferencia externo e independiente.
Evidencia: Normas legales y otros documentos oficiales que establecen la gobernanza de las inspecciones y de las instituciones de cumplimiento
Subcriterio 7.3. Los grupos de interés son consultados y están representados en los esquemas de gobernanza de las instituciones encargadas de las inspecciones y de promoción del cumplimiento – en especial las más estratégicas
La representación de los grupos de interés (empresas, organizaciones de la sociedad civil, etc.) en la junta directiva de las instituciones (u órgano equivalente), tiene un valor agregado considerable ya que asegura mayor transparencia, legitimidad y que la institución permanezca en sintonía con el interés del público. Las consultas a los grupos de interés deben ser la regla, al menos para las decisiones estratégicas (definición de metas e indicadores, adopción de una gestión de riesgos o estrategias de cumplimiento, etc.) – así como es necesario consultar a los interesados en todos los procesos de Evaluación de Impactos de las normas. Las decisiones estratégicas claves en materia de inspecciones y de promoción del cumplimiento tienen, por lo menos, tanta relevancia para los grupos de interés como la tienen las normas o regulaciones y se pueden obtener beneficios a partir de su participación. Esto puede hacerse mediante consultas formales ad hoc y/o mediante representantes permanentes en el órgano directivo.
Evidencia: Normas legales y otros documentos oficiales que estipulan la gobernanza de las instituciones de inspecciones y de cumplimiento, informes anuales
Subcriterio 7.4. Las organizaciones encargadas de las inspecciones y de promoción del cumplimiento cuentan con misiones, atribuciones, procedimientos y mecanismos de financiamiento que excluyen los conflictos de interés y metas en conflicto
Existen diversas maneras en que las atribuciones y los objetivos, o los mecanismos de financiamiento, pueden crear conflictos de interés para las inspecciones y la promoción del cumplimiento. Por ejemplo, si el financiamiento está relacionado con el número de inspecciones, la entidad tendrá un incentivo para aumentar el volumen de visitas, sin tener en cuenta el factor riesgo, la eficiencia y la efectividad. Si una entidad se encarga tanto de emitir licencias, como de verificar el cumplimiento, pero la emisión de las licencias le genera ingresos, tendrá entonces, al momento de emitir una licencia, un incentivo para no considerar aspectos relacionados con el cumplimiento, poniendo en riesgo la seguridad u otros intereses públicos. Si una entidad proporciona servicios con un costo, competitivos (en los que compite con otros proveedores) y, además, tiene atribuciones de promoción del cumplimiento, poseerá una ventaja indebida sobre sus competidores, ya que puede presionar a los administrados a contratar sus servicios. Finalmente, cuando la misma entidad tiene varias metas no relacionadas entre sí y que compiten por los mismos recursos, es esencial que haya orientación de parte del más alto nivel sobre cómo asignar recursos entre ellas. Si una de sus metas requiere la cooperación de los administrados mientras que otra puede generar conflictos con los mismos (debido a un alineamiento diferente de los incentivos), podría ser necesario evaluar cuál es la mejor manera de manejar esta contradicción interna (dividiendo funciones o equipos, priorizando una de las metas, o cambiando los métodos). Si se asignan objetivos en conflicto a instituciones separadas que deberían en teoría coordinar entre sí, también es necesario evaluar cómo manejar dicho conflicto.
Evidencia: Legislación, documentación oficial (normas legales, etc.), presupuestos, informes anuales
Subcriterio 7.5. Las decisiones que se toman en todos los niveles se basan en criterios y procesos transparentes, generando consistencia en las decisiones sobre el cumplimiento de las normas y rendición de cuentas institucional
Las decisiones reservadas y confidenciales deben ser evitadas. Es esencial que todas las decisiones estén fundamentadas en criterios claros (por ejemplo, proporcionalidad del riesgo), procesos transparentes, con posibilidades de apelación, etc. El objetivo no es sólo asegurar la consistencia entre las distintas organizaciones, regiones, etc., sino también la rendición de cuentas, permitiendo la evaluación de los resultados de las decisiones, conociendo quién las toma, sobre qué base, etc.
Evidencia: Lineamientos oficiales e informes anuales
Subcriterio 7.6. Las decisiones estratégicas y cambios requieren aprobación política (legislativa, ejecutiva) mientras que las decisiones operativas se toman de manera independiente y protegidas de interferencias políticas
Las decisiones estratégicas incluyen la definición de metas y objetivos de la institución, los indicadores de desempeño, estrategias de riesgos y de promoción de cumplimiento, documentos metodológicos (evaluación de riesgos y focalización, gestión de las tareas de promoción de cumplimiento, listas de verificación, etc.), organización, asignación de recursos, términos de referencia para el equipo de profesionales, etc. Lo usual es que todo ello deba ser aprobado por los poderes ejecutivo o legislativo, según corresponda. Sin embargo, las decisiones operativas, que implementan dichas decisiones estratégicas (planeamiento y focalización para las inspecciones, asignación de tareas y de personal, decisiones sobre cómo hacer cumplir las normas, etc.) deben quedar en manos de los profesionales y de la dirección de la entidad, sin interferencias de los políticos en el poder (o de otros partidos). Es esencial tener tanto la base legal, como los mecanismos institucionales y las prácticas para estos efectos.
Evidencia: Legislación y estatutos oficiales de las entidades encargadas de las inspecciones y de hacer cumplir las normas, informes anuales