Las funciones de inspección deben ser coordinadas y, cuando sea necesario, consolidadas: con menos duplicaciones y superposiciones se asegura un mejor uso de los recursos públicos, minimizando las cargas en los administrados, y maximizando la efectividad.
Guía de la OCDE para el cumplimiento regulatorio y las inspecciones
Criterio 6. Coordinación y consolidación
Preguntas clave:
¿La atribución de competencias, la coordinación y la consolidación entre entidades es considerada en las propuestas legislativas y en el proceso de Evaluación de Impactos?
¿Se evita la duplicidad de funciones y están claras las atribuciones y las responsabilidades (entre las distintas instituciones, entre el ámbito nacional y local)?
¿Las distintas organizaciones de inspección y de promoción del cumplimiento comparten información y registros, participan en sistemas de alerta conjunta y coordinan en el campo, en especial en áreas regulatorias relacionadas?
¿Se han adoptado mecanismos para incrementar la eficiencia mediante un mejor intercambio de información, con las distintas entidades actuando como los “ojos y oídos” de las demás entidades? ¿Se evita la re-inspección del mismo problema, así como la duplicidad de informes?
¿Se asignan recursos y se efectúa un planeamiento estratégico considerando todas las entidades que trabajan en un área regulatoria determinada?
Subcriterio 6.1. La atribución de competencias, la coordinación y la consolidación entre entidades son consideradas en las propuestas legislativas y en el proceso de Evaluación de Impactos
Es esencial evitar la proliferación de distintas instituciones de inspección, asegurar la claridad y la coherencia, previniendo el surgimiento de áreas con competencias en conflicto. Para el logro de este objetivo durante la redacción de propuestas normativas (incluyendo el proceso de Evaluación de Impactos de la regulación), se debe prestar especial atención a qué instituciones u organizaciones ya poseen competencias de inspección y de promoción del cumplimiento de las normas en los campos bajo estudio, quienes estarían a cargo de la implementación de las nuevas regulaciones y asegurando que el resultado sea coherente, claro, y que evite la superposición o la fragmentación.
Evidencia: Lineamientos RIA y contenido de los RIAs publicados
Subcriterio 6.2. Se evita la duplicidad de funciones y están claras las atribuciones y las responsabilidades (entre las distintas instituciones, entre los niveles nacional y local)
A fin de que el sistema de inspecciones esté claro a los ojos de los administrados, sea eficiente (sin duplicación de costos o cargas) y efectivo (sin dispersión de información y de esfuerzos y sin problemas de coordinación), las funciones deben estar lo más unificadas posibles – únicamente – una institución responsable de un área regulatoria entera (por ejemplo, la seguridad alimentaria, la seguridad de los productos, etc.) o por lo menos de un área regulatoria en un sector específico (por ejemplo, la producción de alimentos básicos). Cuando hay varias instituciones involucradas o cubren áreas que se encuentren relacionadas (por ejemplo, salud pública e higiene pública, la salud ocupacional, medioambiente) debe haber claridad sobre quién es responsable de regulaciones particulares, de los administrados, etc. Tal claridad debe también estar asegurada entre los distintos niveles territoriales (nacional o federal, regional, local, etc.), de manera que los establecimientos no estén sujetos a inspecciones repetidas (potencialmente contradictorias) y se desperdicien recursos públicos en actividades sin coordinación y duplicadas. Dado que es raro que un sistema de inspecciones y de promoción del cumplimiento sea completamente claro y ágil, considerando que las instituciones se han desarrollado a lo largo de años y, como resultado de iniciativas de política pública separadas, es importante para los gobiernos (o autoridades regionales, en el caso de que tengan la responsabilidad de las inspecciones) emprender iniciativas para revisar las funciones e instituciones existentes y buscar agilizarlas y consolidarlas, o al menos, aclarar los roles y responsabilidades, en caso sea adecuado.
Evidencia: Documento general sobre funciones de inspección, iniciativas oficiales para consolidarlas o aclararlas
Subcriterio 6.3. Las distintas organizaciones de inspección y de promoción del cumplimiento comparten información y registros, participan en sistemas de alerta conjunta y coordinan en el campo, en especial en áreas regulatorias relacionadas
Incluso asumiendo una separación óptima de responsabilidades que asegure la máxima claridad, seguirá habiendo distintas organizaciones a cargo de campos regulatorios que son diferentes pero relacionados y en todo caso, la evidencia muestra que el cumplimiento o el incumplimiento en un área es a menudo predictor del cumplimiento o del incumplimiento en otra, de modo que es esencial compartir información para mejorar la focalización basada en riesgos, la eficiencia y la efectividad. Para lograr este objetivo, las buenas prácticas de inspecciones y de promoción del cumplimiento incluyen sistemas de alerta conjunta1, intercambio sistemático de información (o como segunda opción, compartir información después de una solicitud) y de registros sobre establecimientos bajo supervisión y coordinación de inspecciones (intercambio de planes, inspecciones conjuntas, etc.).
Evidencia: Los sistemas existentes (alerta conjunta, intercambio de información, etc.), mecanismos institucionales, planes de inspección conjuntos
Subcriterio 6.4. Se han adoptado mecanismos para incrementar la eficiencia mediante un mejor intercambio de información, con las distintas entidades actuando como los “ojos y oídos” de las demás entidades. Se evita la re-inspección del mismo problema, así como la duplicidad de informes
Más allá del intercambio de datos y registros formales, las diferentes estructuras de inspección pueden colaborar para incrementar su eficiencia y su capacidad de evaluar los riesgos mediante acuerdos para actuar como “ojos y oídos” para las demás. En algunos casos, puede ser mediante acuerdos de una “entidad líder” que efectuará inspecciones regulares en un sector dado, y convocará a otros en caso de problemas en sus campos de competencia específicos. En otros casos, se puede dar a todos los inspectores en varias (o en todas) las organizaciones un conocimiento básico de otras áreas, de modo que puedan detectar riesgos potenciales mayores durante sus visitas y alertar a las demás organizaciones al respecto.
Además, mejoras adicionales en la eficiencia y reducciones en las cargas pueden ser logradas estableciendo normas y mecanismos que prohíban la re-inspección del mismo asunto por parte de dos entidades distintas y haciendo obligatorio para todas las entidades estatales compartir información (prohibiendo, en consecuencia, los informes duplicados – en algunos países a esta regla se le denomina “se dice una sola vez”).
Evidencia: Políticas oficiales o memorándums de entendimiento entre entidades, procesos y procedimientos documentados, contenido curricular de las capacitaciones de personal
Subcriterio 6.5. La asignación recursos y el planeamiento estratégico se efectúan considerando todas las entidades que trabajan en un área regulatoria determinada
Como ya se indicó en el Criterio 1, la asignación de recursos de las entidades de inspección y de promoción de cumplimiento de las normas se deben basar en evidencia y, según el Criterio 3, de manera proporcional al riesgo. Al hacer ello, es esencial considerar todas las instituciones, estructuras, niveles, etc., que pudieran participar y no sólo a una sola entidad. En la mayoría de los casos, serán diversas las entidades que participarán en la implementación de las regulaciones en una determinada materia y cuando se evalúen los recursos disponibles y requeridos, es indispensable tener esa mirada amplia y no asignar múltiples recursos para lo que en esencia es el mismo asunto (o muy cercano). Esto quiere decir que, cuando se emprende revisiones o planeamientos estratégicos de largo o mediano plazo (en el nivel que sea que se lleve a cabo) se deben tomar en cuenta a los recursos humanos, su experticia, los recursos técnicos y (de ser posible) la asignación de recursos de todas las entidades involucradas en la supervisión de un área regulatoria dada. Lo mismo resulta aplicable cuando se efectúan ejercicios de comparación entre diferentes jurisdicciones: no se pueden hacer comparaciones significativas sin tomar en cuenta un dominio regulatorio completo y no sólo una sola institución, si es que participa más de una2.
Evidencia: Lineamientos sobre planificación/revisiones estratégicas, contenido de documentos de planificación/revisiones estratégicas
Notas
← 1. Tal como en RASFF y RAPEX para la Unión Europea en materia de seguridad alimentaria y de los productos.
← 2. Por ejemplo, en salud ocupacional y seguridad o seguridad alimentaria, muchas veces hay más de una institución involucrada en inspecciones y labores de promoción de cumplimiento. Una revisión adecuada o un ejercicio de planeación necesita al menos tener en consideración todos sus recursos (incluso si el planeamiento no se hace de manera conjunta, al menos debe incorporar la existencia de otras instituciones involucradas).