El marco de gobierno corporativo debe ofrecer incentivos para que las empresas y sus inversores tomen decisiones y gestionen sus riesgos de una forma que contribuya a la sostenibilidad y resiliencia de la empresa.
Las empresas desempeñan un papel clave en nuestras economías, pues crean empleo, contribuyen a la innovación, generan riqueza y suministran bienes y servicios esenciales. Los países se han comprometido a realizar la transición hacia una economía sostenible, de emisiones netas cero o bajas en carbono, en consonancia con el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, lo que exigirá que las empresas respondan a la rápida evolución de las circunstancias normativas y empresariales teniendo en cuenta cualquier política aplicable y las vías de transición seguidas por los distintos países. Además, muchas empresas e inversores están estableciendo objetivos voluntarios o adoptando otras medidas para anticipar una futura transición hacia el desarrollo sostenible. Un marco sólido de gobierno corporativo permitiría a los inversores y a las empresas contemplar y gestionar los posibles riesgos y oportunidades asociados a esas vías de transición, lo que a su vez podría contribuir a la sostenibilidad y resiliencia de la economía.
Además, los inversores conceden cada vez más importancia a la divulgación de información de las empresas sobre su manera de evaluar, detectar y gestionar riesgos y oportunidades relevantes relacionados con el cambio climático y la sostenibilidad, incluida la gestión del capital humano. En respuesta, muchos países exigen o tienen previsto exigir información sobre la exposición a las cuestiones de sostenibilidad y su gestión por parte de las empresas. Uno de los aspectos más importantes de esta divulgación consiste en brindar a los inversores información detallada sobre las estructuras y procesos de gobierno y gestión para abordar las cuestiones relativas al clima y otros riesgos de sostenibilidad y detectar las oportunidades conexas. El marco de gobierno corporativo debe sustentar tanto la buena gestión de estos riesgos como la divulgación de información coherente, comparable y fiable de la información relevante para que los inversores puedan tomar decisiones financieras, de inversión y de voto más fundamentadas. La combinación de un gobierno sólido y una información clara propiciará unos mercados justos y una asignación eficiente del capital, al tiempo que apoyará el crecimiento y la resiliencia a largo plazo de las empresas.
Varios países han orientado sus políticas de mercado de capitales a promover un sector empresarial más sostenible y resiliente. En este sentido, las políticas que se dicten deben tener como objetivo preservar también el acceso a los mercados de capitales, evitando costes prohibitivos para la cotización de una empresa y garantizando al mismo tiempo que los inversores tengan acceso a la información necesaria para asignar eficazmente el capital a las empresas. Los inversores, consejeros y altos directivos también deben estar abiertos a un diálogo constructivo sobre la mejor estrategia para apoyar la sostenibilidad y resiliencia de la empresa. Una empresa que tenga en cuenta los intereses de las partes interesadas estará en mejor posición para atraer mano de obra productiva, ganarse el apoyo de las comunidades en las que opera y fidelizar más clientes.
En los países que permiten o exigen que se tengan en cuenta los intereses de las partes interesadas, las empresas deben seguir teniendo en cuenta asimismo los intereses financieros de sus accionistas. Una empresa rentable da trabajo a sus empleados y crea valor para los inversores, muchos de los cuales son ciudadanos particulares que han invertido sus ahorros para la jubilación.
No se contempla que los consejeros de las empresas asuman la responsabilidad de resolver los grandes retos medioambientales y sociales por razón únicamente de sus funciones. Para orientar las actividades empresariales, los responsables de la formulación de políticas deben contemplar medidas sectoriales para que las empresas internalicen las externalidades medioambientales y sociales, así como marcos de gobierno corporativo que establezcan límites predecibles dentro de los cuales los consejeros han de ejercer su deber fiduciario. Estas medidas podrían referirse, por ejemplo, a la regulación medioambiental o, directamente, a invertir en la investigación y el desarrollo de tecnologías que puedan contribuir a dar respuesta a los grandes retos medioambientales o incentivar dicha investigación o desarrollo.
VI.A. La divulgación de información relacionada con la sostenibilidad debe ser coherente, comparable y fiable, e incluir información relevante retrospectiva y prospectiva que un inversor razonable consideraría importante a la hora de tomar una decisión de inversión o de voto.
Para garantizar la eficiencia de los mercados de capitales, los inversores deben poder comparar el historial de resultados y las perspectivas futuras de las distintas empresas y decidir después cómo asignar su capital e implicarse en ellas. Con la aparición de los riesgos medioambientales y sociales y la mayor concienciación sobre los mismos, los inversores han venido exigiendo a las empresas una mejor divulgación de información sobre gobierno, estrategia, gestión de riesgos (por ejemplo, resultados globales de las evaluaciones de riesgos para diferentes escenarios de cambio climático) y parámetros relacionados con la sostenibilidad (por ejemplo, en materia de emisiones de gases de efecto invernadero y biodiversidad) que son relevantes para los inversores a la hora de evaluar las perspectivas y los riesgos de una empresa.
Aunque las partes interesadas no suelen ser los principales usuarios de la divulgación de la información relacionada con la sostenibilidad empresarial, esta puede beneficiarles. Por ejemplo, la información sobre la cobertura de la negociación colectiva y los mecanismos de representación de los trabajadores puede ser relevante tanto para la evaluación del valor de una empresa por parte de un inversor como para sus trabajadores y otras partes interesadas.
Al mismo tiempo, los marcos de divulgación de información relacionada con la sostenibilidad deben ser flexibles en relación con las capacidades existentes de las empresas y las instituciones pertinentes. Limitar la divulgación obligatoria de información relacionada con la sostenibilidad a las empresas cotizadas podría desincentivar la salida a bolsa de las empresas. Teniendo en cuenta estos retos, es posible que los responsables de la formulación de políticas tengan que diseñar requisitos de divulgación de información relacionada con la sostenibilidad que sean flexibles según el tamaño de la empresa y su fase de desarrollo.
Las empresas y sus proveedores de servicios, así como los propios organismos reguladores, podrían pasar por una curva de aprendizaje en su comprensión de las cuestiones de sostenibilidad y requerir tiempo para desarrollar procesos adecuados y buenas prácticas. Esto puede justificar que se dé prioridad a los requisitos de divulgación de información sobre algunos de los asuntos más pertinentes en materia de sostenibilidad, que se introduzcan gradualmente otros requisitos, como los de garantía externa independiente, o que se establezcan algunas recomendaciones en los códigos de gobierno corporativo en relación con el principio de «cumplir o explicar».
VI.A.1. La divulgación de información relacionada con la sostenibilidad podría considerarse relevante si cabe esperar razonablemente que influya en la evaluación del valor de una empresa por parte de un inversor y en sus decisiones de inversión o de voto.
Sin perjuicio de las iniciativas voluntarias o de la normativa medioambiental específica que puedan contener requisitos de divulgación adicionales, los marcos de divulgación de las empresas exigen como mínimo información sobre lo que es relevante para que los inversores evalúen el valor de una empresa y decidan sobre sus inversiones o su voto. Esta evaluación suele incluir el valor, el momento y la certeza de los futuros flujos de efectivo de una empresa a corto, medio y largo plazo.
La información relevante relacionada con la sostenibilidad podría incluir cuestiones medioambientales y sociales de las que quepa esperar razonablemente que afecten al valor de los activos de una empresa y a su capacidad para generar ingresos y crecimiento a largo plazo. Sin embargo, el propio impacto de una empresa en la sociedad y el medio ambiente también podría considerarse relevante si se espera que afecte al valor de la empresa, como las obligaciones en materia de medioambiente en virtud de las leyes o reglamentos vigentes en un país, o la posible limitación o gravamen futuros de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Del mismo modo, las políticas de derechos humanos y capital humano, como los programas de formación, las políticas de retención, los planes de participación de los empleados en el accionariado y las estrategias de diversidad, pueden transmitir a los agentes del mercado información importante sobre las fortalezas de las empresas desde el punto de vista competitivo.
La determinación de qué información es relevante puede variar con el tiempo y según el contexto local, las circunstancias específicas de la empresa y los requisitos jurisdiccionales. La valoración de la información relevante también puede sopesar cuestiones de sostenibilidad que son críticas para los empleados de una empresa y otras partes interesadas clave. Por ejemplo, los riesgos de sostenibilidad que pueden no parecer relevantes desde el punto de vista financiero a corto plazo pero que afectan a la sociedad pueden llegar a tener relevancia financiera a largo plazo. Además, algunos países consideran también que entre las cuestiones relevantes para los inversores figura la influencia de las empresas sobre los riesgos no diversificables. Por ejemplo, un inversor puede considerar que el valor creado por una gran empresa emisora de carbono que maximice sus beneficios en su cartera se vería compensado por las pérdidas de valor de otras empresas participadas afectadas por el cambio climático. En este contexto, algunos países también pueden exigir o recomendar la divulgación de información sobre aspectos de sostenibilidad críticos para las partes interesadas clave de una empresa o la influencia de una empresa sobre los riesgos no diversificables.
VI.A.2. Los marcos de divulgación de información relacionada con la sostenibilidad deben ser coherentes con normas de alta calidad, comprensibles, exigibles y reconocidas internacionalmente que faciliten el establecimiento de comparaciones de la información relacionada con la sostenibilidad entre empresas y mercados.
La eficiencia de los mercados de capitales aumenta si los inversores pueden comparar la divulgación de información relacionada con la sostenibilidad realizada por las empresas, en particular las que cotizan en diferentes países, lo que ayuda a los inversores a decidir cuál es la mejor manera de asignar su capital e implicarse en las empresas. La coherencia y la interoperabilidad entre los marcos regionales o nacionales de divulgación de información relacionada con la sostenibilidad y las normas reconocidas internacionalmente aún pueden permitir la flexibilidad de los requisitos locales complementarios, incluso en asuntos en los que las características geográficas específicas o los requisitos nacionales puedan influir en la relevancia.
VI.A.3. La divulgación de la información sobre asuntos de sostenibilidad, la información financiera y otra información corporativa deben estar conectadas.
Los marcos de divulgación empresarial, incluidas las normas de información financiera y los requisitos de presentación reglamentaria (por ejemplo, prospectos de ofertas públicas), deben tener el mismo objetivo de proporcionar información que un inversor razonable consideraría relevante a la hora de tomar una decisión sobre inversión y voto. De ello se deduce que también debe sopesarse y valorarse en la preparación y presentación de los estados financieros la información entendida como relevante en un informe relacionado con la sostenibilidad. El mismo nivel de rigor aplicado a la medición y notificación de la información financiera debe aplicarse a la medición y notificación de la información relacionada con la sostenibilidad. Garantizar esa conectividad entre los diferentes tipos de divulgación corporativa implica tener en cuenta cuestiones relevantes relativas a la sostenibilidad en las estimaciones e hipótesis financieras de los estados financieros, así como en la divulgación de los riesgos que han tenido o pueden tener un impacto relevante en la actividad de una empresa.
VI.A.4. Si una empresa fija públicamente un objetivo o una meta relacionados con la sostenibilidad, el marco de divulgación de información debe prever que se divulguen periódicamente parámetros fiables de forma fácilmente accesible para que los inversores puedan evaluar la credibilidad y el avance hacia el cumplimiento del objetivo o la meta anunciados.
Los objetivos relacionados con la sostenibilidad, como las metas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero o los establecidos en los planes de transición relacionados con el clima, pueden afectar a la evaluación por parte de un inversor del valor, el momento y la certeza de los futuros flujos de efectivo de una empresa. Estos objetivos también pueden ayudar a una empresa a atraer financiación de inversores para los que son importantes las cuestiones de sostenibilidad pertinentes. Tanto desde el punto de vista de la eficiencia del mercado como de la protección del inversor, si una empresa fija públicamente un objetivo o una meta relacionados con la sostenibilidad, el marco de divulgación de información deberá exigir una suficiente disponibilidad de parámetros coherentes, comparables y fiables. Esto permitiría a los inversores evaluar la credibilidad del objetivo anunciado y los avances de la dirección hacia su consecución. La divulgación puede incluir, por ejemplo, la definición de metas provisionales cuando se anuncie un objetivo a largo plazo, la divulgación anual coherente de los parámetros de sostenibilidad pertinentes y las posibles medidas correctivas que la empresa tiene previsto adoptar cuando los resultados no alcancen la meta establecida.
VI.A.5. Debe considerarse la introducción progresiva de requisitos para las certificaciones de garantía anuales por parte de un proveedor de servicios de certificación independiente, competente y cualificado, de conformidad con normas de garantía de alta calidad reconocidas internacionalmente, con el fin de ofrecer una evaluación externa y objetiva de la divulgación relacionada con la sostenibilidad de una empresa.
La divulgación de información relacionada con la sostenibilidad revisada por un proveedor de servicios de certificación independiente, competente y cualificado puede mejorar la confianza de los inversores en la información divulgada y la posibilidad de comparar la información relativa a la sostenibilidad entre empresas. Cuando no sea posible o resulte demasiado costoso garantizar una alta calidad de toda la información divulgada sobre sostenibilidad, se podrá considerar la evaluación obligatoria de los parámetros o la divulgación de información más pertinente relacionada con la sostenibilidad, como las emisiones de GEI. Sin embargo, el objetivo a largo plazo debe ser una mayor convergencia del nivel de garantía entre los estados financieros y la divulgación de información relacionada con la sostenibilidad.
VI.B. Los marcos de gobierno corporativo deben permitir el diálogo entre una empresa, sus accionistas y las partes interesadas para intercambiar puntos de vista sobre cuestiones de sostenibilidad pertinentes para la estrategia empresarial de la empresa y su evaluación de qué asuntos deben considerarse relevantes.
Las juntas generales de accionistas constituyen un foro importante para un proceso estructurado de toma de decisiones. El diálogo entre las empresas, los accionistas, los trabajadores y otras partes interesadas también puede resultar esclarecedor para fundamentar el proceso de toma de decisiones de la dirección y generar confianza en una estrategia empresarial a largo plazo. Si bien este diálogo puede resultar útil para toda una serie de cuestiones, es especialmente importante en el caso de las decisiones destinadas a mejorar la sostenibilidad y la resiliencia de una empresa, que pueden representar salidas de efectivo a corto plazo para generar beneficios a largo plazo. Este diálogo también puede ser útil para que la empresa evalúe qué cuestiones de sostenibilidad son relevantes y, por lo tanto, deben divulgarse. La empresa debe respetar el principio de trato equitativo en el diálogo con los accionistas.
VI.B.1. Cuando los marcos de gobierno corporativo permitan a las empresas existentes adoptar formas corporativas que incorporen tanto objetivos lucrativos como de beneficio público, dichos marcos deben contemplar debidamente los derechos de los accionistas disidentes.
Algunos países cuentan con marcos para el establecimiento de empresas de utilidad pública u otras formas societarias específicas que permiten a las empresas incorporar objetivos tanto lucrativos como de beneficio público, que les permiten perseguir objetivos explícitos relacionados con cuestiones medioambientales y sociales. En los casos en que una empresa con ánimo de lucro adopte objetivos de utilidad pública, es importante disponer de mecanismos que contemplen que se tengan debidamente en cuenta los derechos de los accionistas disidentes. Algunas de las posibles soluciones para proteger los intereses de estos últimos serían la exigencia del consentimiento de los accionistas minoritarios o la aprobación de una mayoría cualificada de accionistas para que una empresa incorpore objetivos de beneficio público a sus estatutos, o el establecimiento del derecho de los accionistas disidentes a vender sus acciones a la empresa a un precio justo.
VI.C. El marco de gobierno corporativo debe garantizar que el consejo de administración sopese adecuadamente los riesgos y oportunidades relevantes de sostenibilidad a la hora de ejercer sus funciones clave de revisión, supervisión y orientación de las prácticas de gobierno, divulgación de información, estrategia, gestión de riesgos y sistemas de control interno, entre otros, en lo que respecta a los riesgos físicos y de transición relacionados con el clima.
En el desempeño de las funciones clave, el consejo de administración otorga cada vez más importancia a las cuestiones relevantes relacionadas con la sostenibilidad. En particular, debe garantizar que existan controles internos y de gobierno eficaces para mejorar la fiabilidad y credibilidad de la divulgación de información relacionada con la sostenibilidad. Por ejemplo, puede evaluar si las cuestiones de sostenibilidad afectan a los perfiles de riesgo de las empresas y de qué manera. Dichas evaluaciones también pueden referirse a la remuneración y el nombramiento de altos directivos (por ejemplo, si los objetivos integrados en los planes de remuneración de los directivos serían cuantificables, estarían vinculados a riesgos financieramente relevantes e incentivarían una visión a largo plazo) o cómo enfocan la sostenibilidad el consejo de administración y sus comités. Las normas de diligencia debida de la OCDE sobre conducta empresarial responsable pueden servir de referencia autorizada para integrar los factores de sostenibilidad en los sistemas y procesos de gestión de riesgos.
VI.C.1. El consejo de administración debe asegurarse de que las actividades de defensa de intereses de las empresas sean coherentes con sus objetivos y metas en materia de sostenibilidad.
El consejo de administración debe supervisar eficazmente las actividades de defensa de los intereses de la empresa que la dirección lleva a cabo y financia en nombre de esta, con el fin de garantizar que esta tiene debidamente en cuenta la estrategia de sostenibilidad a largo plazo adoptada por aquel. Por ejemplo, cabe esperar que el ejercicio de estas actividades en contra de las políticas de tarificación del carbono aumente los beneficios a corto plazo de una empresa, pero que no esté en consonancia con el objetivo de la empresa de realizar una transición ordenada hacia una economía con bajas emisiones de carbono. En algunos países, el consejo de administración también tiene la función de supervisar la divulgación de la información sobre donaciones políticas, incluidas las relacionadas con estas actividades.
VI.C.2. El consejo de administración debe evaluar si la estructura de capital de la empresa es compatible con sus objetivos estratégicos y su propensión al riesgo asociado para garantizar su resiliencia ante distintos escenarios.
La dirección y los consejeros son los más indicados para decidir si la estructura de capital de una empresa es compatible con los objetivos estratégicos y su propensión al riesgo asociado, dentro de las restricciones existentes establecidas por los accionistas. Para garantizar la solidez financiera de la empresa, el consejo de administración debe supervisar la estructura y la suficiencia de capital teniendo debidamente en cuenta diferentes escenarios, incluidos los de baja probabilidad, pero alto impacto.
V.D. El marco de gobierno corporativo debe tomar en consideración los derechos, funciones e intereses de las partes interesadas y fomentar la cooperación activa entre empresas, accionistas y partes interesadas en la creación de valor, empleos de calidad y empresas sostenibles y resilientes.
El gobierno corporativo tiene por objeto animar a las distintas partes interesadas de la empresa a emprender niveles económicamente óptimos de inversión en capital humano y físico específico de la empresa. En el caso de los empleados, la empresa para la que trabajan no es solo su fuente de ingresos, sino también donde pasan gran parte de su vida, y la sostenibilidad a largo plazo de la empresa es importante para ellos. La competitividad y el éxito final de una empresa son el resultado de un trabajo en equipo que engloba las contribuciones de una serie de proveedores de recursos diferentes, entre ellos, los inversores, los empleados, los acreedores, los clientes, las comunidades afectadas, los proveedores y otras partes interesadas. Las empresas deben reconocer que las contribuciones de las partes interesadas constituyen un valioso recurso para crear negocios competitivos y rentables. Por lo tanto, puede que a largo plazo a las empresas les interese fomentar la cooperación entre las partes interesadas para fomentar la creación de valor.
VI.D.1. Deben respetarse los derechos de las partes interesadas establecidos por ley o mediante acuerdos mutuos.
Los derechos de las partes interesadas están en gran medida recogidos en la legislación (por ejemplo, leyes laborales, empresariales, comerciales, medioambientales y de insolvencia) o se rigen por relaciones contractuales que las empresas deben respetar. En algunos países, es obligatorio que las empresas lleven a cabo una diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente. No obstante, incluso en los ámbitos en los que los intereses de las partes interesadas no están legislados ni establecidos por contrato, muchas empresas asumen compromisos adicionales con las partes interesadas, dado que la preocupación por la reputación corporativa y los resultados de la empresa a menudo exige el reconocimiento de intereses más amplios. En algunos países, las empresas siguen para ello las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y las normas asociadas sobre diligencia debida basada en el riesgo a fin de detectar, prevenir y mitigar los efectos adversos reales y potenciales de su negocio, así como para dar cuenta de cómo se abordan tales efectos.
VI.D.2. Cuando los intereses de las partes interesadas estén protegidos por la ley, estas deben tener la oportunidad de obtener una reparación efectiva por la vulneración de sus derechos a un coste razonable y sin retrasos excesivos.
El marco y el proceso jurídicos deben ser transparentes y no obstaculizar la capacidad de las partes interesadas para comunicarse y obtener reparación por la vulneración de derechos a un coste razonable y sin retrasos excesivos.
VI.D.3. Debe permitirse el desarrollo de mecanismos de participación de los empleados.
El grado de participación de los empleados en el gobierno corporativo depende de las leyes y prácticas nacionales, y también puede variar de una empresa a otra. En el contexto del gobierno corporativo, los mecanismos de participación pueden beneficiar a las empresas tanto directa como indirectamente a través de la disposición de los empleados a invertir en competencias específicas de la empresa. Entre los ejemplos de mecanismos de participación de los empleados figura su representación en los consejos de administración y los procesos de gobierno, como los comités de empresa, que tienen en cuenta los puntos de vista de los trabajadores en determinadas decisiones clave. Los convenios internacionales y las normas nacionales también reconocen los derechos de los trabajadores a la información, la consulta y la negociación. En lo que respecta a los mecanismos de mejora del rendimiento, muchos países disponen de planes de participación de los empleados en el accionariado u otros mecanismos de reparto de beneficios. Los compromisos en materia de pensiones también suelen ser un elemento de la relación entre la empresa y sus empleados pasados y actuales. Cuando tales compromisos impliquen la creación de un fondo independiente, sus fideicomisarios deberán ser ajenos a la dirección de la empresa y gestionar el fondo en interés de todos los beneficiarios.
VI.D.4. Cuando las partes interesadas participan en el proceso de gobierno corporativo, deben tener acceso a información pertinente, suficiente y fiable de forma oportuna y regular.
Cuando las leyes y la práctica de los marcos de gobierno corporativo prevén la participación de las partes interesadas, es importante que estas tengan acceso a la información necesaria para cumplir con sus responsabilidades.
VI.D.5. Las partes interesadas, incluidos los trabajadores a título particular y sus órganos de representación, deben poder comunicar libremente sus preocupaciones sobre prácticas ilegales o poco éticas al consejo de administración o a las autoridades públicas competentes, y sus derechos no deben verse comprometidos por hacerlo.
Las prácticas poco éticas e ilegales de los directivos de las empresas pueden no solo vulnerar los derechos de las partes interesadas, sino también perjudicar la reputación de la empresa. Por ello, es importante que las empresas establezcan una política confidencial de denuncia de irregularidades con procedimientos y salvaguardias para las denuncias de los trabajadores, presentadas personalmente o a través de sus órganos de representación, y de otras personas ajenas a la empresa, sobre comportamientos ilegales y poco éticos. Se debe alentar al consejo de administración a proteger a estas personas y órganos de representación y darles acceso directo en condiciones de confidencialidad a alguna figura independiente, que suele ser un miembro de un comité de auditoría o de ética. Algunas empresas han creado el puesto de mediador para tramitar las reclamaciones. Las autoridades competentes también han habilitado servicios confidenciales de teléfono y correo electrónico para recibir denuncias. Si bien en determinados países los órganos de representación de los trabajadores asumen la tarea de transmitir sus preocupaciones a la empresa, no debe impedirse que los trabajadores individuales actúen por su cuenta y tampoco deberían verse menos protegidos por hacerlo así. En ausencia de medidas correctivas oportunas o ante un riesgo razonable de una reacción negativa ante una queja relacionada con la infracción de la ley, se alienta a los trabajadores a que denuncien su queja de buena fe ante las autoridades competentes. Muchos países también prevén la posibilidad de presentar casos de presuntas infracciones de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales ante el punto nacional de contacto pertinente. La empresa debe abstenerse de adoptar medidas discriminatorias o disciplinarias contra dichos trabajadores u organismos.
VI.D.6. Debe facilitarse el ejercicio de los derechos de los obligacionistas de las empresas cotizadas.
El aumento extendido y sustancial del uso de la financiación mediante bonos por parte de las empresas cotizadas y sus filiales justifica una mayor atención al papel y los derechos de los obligacionistas en el gobierno corporativo, así como a su importancia para la resiliencia de las empresas.
En las emisiones de bonos ofrecidas a un gran número de inversores, se suele asignar un fideicomisario de bonos independiente para que los represente, revise los casos de incumplimiento de los pactos y proteja los intereses de los obligacionistas durante la reestructuración de la deuda. Aunque el alcance exacto de las actividades de un fideicomisario suele definirse contractualmente, los responsables de la formulación de políticas pueden promulgar normativa sobre la idoneidad de un fideicomisario y sus obligaciones antes y durante un incumplimiento.
El ejercicio de los derechos de los obligacionistas también puede facilitarse incentivando a los inversores institucionales a que supervisen las empresas y se impliquen en ellas. Los inversores institucionales tienen diferentes modelos de negocio y estructuras de responsabilidad y, por lo tanto, afrontan distintos incentivos para ser más o menos activos como obligacionistas. Sin embargo, los marcos de gobierno corporativo pueden incitar a los inversores a ser más activos como acreedores, por ejemplo, recomendando en un código de buenas prácticas que los firmantes puedan ejercer activamente sus derechos sobre los bonos corporativos. Además, las iniciativas de mercado pueden ser útiles para establecer normas e incentivar el uso de pactos aplicables y claramente definidos. Quizás sea necesario evitar el uso de parámetros financieros ajustables que dejen a los emisores la discreción de determinar si cumplen con sus cláusulas.
La reestructuración extrajudicial de la deuda, como el canje forzoso de deuda, suele ser más rentable que los procedimientos formales de quiebra, por lo que puede facilitarse su uso. Además de adherirse a las referencias reconocidas internacionalmente en materia de derechos de los acreedores y marcos de insolvencia, los países podrían beneficiarse de facilitar la participación de los obligacionistas en la reestructuración extrajudicial de la deuda de las empresas cotizadas, Por ejemplo, una orientación clara sobre cómo pueden aplicarse las normas sobre el uso de información privilegiada durante una reestructuración de la deuda o una negociación de exención de cumplimiento de los pactos podría transmitir más tranquilidad a los obligacionistas para participar en esos procesos. Otra posibilidad sería facilitar la identificación de los obligacionistas para que los deudores corporativos puedan encontrarlos rápidamente a fin de iniciar una negociación de reestructuración de la deuda. Sin embargo, esto está sujeto a las legislaciones nacionales, como el régimen de resolución y reestructuración aplicable a los bancos y entidades de crédito en varios países.
VI.D.7. El marco de gobierno corporativo debe complementarse con un marco de insolvencia eficaz y con una aplicación efectiva de los derechos de los acreedores.
Los acreedores son partes interesadas clave y las condiciones, el volumen y el tipo de crédito concedido a las empresas dependerán en gran medida de sus derechos y de su exigibilidad. Las empresas con un buen historial de gobierno corporativo suelen estar en posición de obtener préstamos de mayor cuantía en condiciones más favorables que las que tienen un historial deficiente u operan en mercados menos transparentes. El marco de la insolvencia empresarial varía mucho de un país a otro. En algunos países, cuando las empresas se acercan a la insolvencia, el marco legal impone a los consejeros la obligación de actuar en interés de los acreedores, que podrían así desempeñar un papel destacado en el gobierno de la empresa.
Los derechos de los acreedores también varían en función de su categoría, desde los obligacionistas garantizados hasta los acreedores no garantizados. Los procedimientos de insolvencia suelen requerir mecanismos eficaces para conciliar los intereses de las distintas clases de acreedores. En muchos países se prevén derechos especiales, como la financiación del «deudor no desapoderado», que ofrece incentivos/protección para los nuevos fondos puestos a disposición de la empresa en quiebra.