Identificar, regular y gestionar los posibles conflictos de interés de funcionarios e influencia indebida de grupos de interés es clave para fortalecer la transparencia y rendición de cuentas. Una falla en la identificación y gestión de conflictos de intereses puede afectar la imparcialidad en la formulación de políticas públicas y en la prestación de servicios. Su regulación inadecuada puede llevar a la captura de políticas por parte de grupos de interés privados. Además, aunque estos grupos ofrecen perspectivas valiosas, el mal uso de prácticas de cabildeo puede resultar en influencia indebida mediante el uso de información encubierta o la manipulación de la opinión pública, priorizando sus intereses sobre los públicos.
Para prevenir que los funcionarios incurran en estas prácticas, los gobiernos pueden establecer definiciones claras de las circunstancias y relaciones que pueden dar lugar a conflictos de intereses. Cuatro de seis países de América Latina y el Caribe (ALC) cuentan con regulaciones que incluyen tales definiciones. Para garantizar la identificación y gestión de posibles conflictos de intereses, los funcionarios deben ser transparentes sobre cualquier afiliación o interés especial que tengan. Los seis países de ALC tienen regulaciones que exigen a los miembros del gobierno presentar declaraciones de intereses, al menos al ingresar a un cargo, renovarlo o cambiarlo. Sin embargo, hay problemas de cumplimiento, pues solo en Chile todos los miembros del gobierno han presentado el total de declaraciones de intereses en los últimos seis años (Gráfico 3.16).
Mejorar el cumplimiento de las regulaciones sobre conflictos de intereses requiere monitorear posibles infracciones e imponer sanciones. En cinco de los seis países de ALC, las sanciones están definidas y son proporcionales a la gravedad de la infracción (78% en países de la OCDE). Sin embargo, de los seis países, solo en Argentina la autoridad supervisora ha emitido recomendaciones para su resolución en un plazo de 12 meses en los últimos tres años (35% en países de la OCDE). Además, solo Argentina ha impuesto sanciones en casos de incumplimiento de las obligaciones de divulgación, falta de gestión o falta de resolución de conflictos de intereses en los últimos tres años (55% de países de la OCDE ha impuesto tales sanciones en el mismo período) (Gráfico 3.17). Estos datos muestran una brecha entre la normativa y su aplicación efectiva en los países de ALC.
La influencia indebida mediante cabildeo no regulado también representa un riesgo para los responsables de las políticas y el interés público. Su regulación puede ayudar a la transparencia de la participación de grupos de interés y prevenir la influencia indebida. Sin embargo, solo tres de los seis países de ALC (Chile, México y Perú) tienen una definición de cabildeo en su normativa, y solo Chile y México han publicado en línea sus registros de cabildeo (Gráfico 3.18). Además, Chile es el único país que cuenta con una función supervisora en su gobierno central sobre la transparencia de las actividades de cabildeo. Esto demuestra las limitadas capacidades de la región para monitorear y sancionar violaciones en estas prácticas. Chile es también el único país que ha llevado a cabo investigaciones sobre el incumplimiento de las regulaciones de cabildeo en el último año (Gráfico en línea F.1.2).